Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-06-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090603-0180

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

BECERRIL DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 127 del texto refundido de la Ley de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, en ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado aprobado definitivamente el presupuesto municipal ordinario para el ejercicio 2009, así como la plantilla de personal y relación de puestos de trabajo que acompañan al referido presupuesto.

En consecuencia, se hace público el resumen general por capítulos del presupuesto aprobado, así como de la plantilla de personal, que regirá para el presente año 2009.

Plantilla de personal. Año 2009

Personal funcionario

Personal laboral

Variaciones de plantilla. Año 2009

Plazas de nueva creación

Plazas que se amortizan

El presente acuerdo de aprobación definitiva del presupuesto ordinario y de la plantilla de personal para el presente ejercicio 2009, pone fin a la vía administrativa. Contra dicho acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Becerril de la Sierra, a 20 de mayo de 2009.—El alcalde-presidente, José Conesa López.

(03/16.554/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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