Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090604-0213
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA EDICTO El secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Huelva. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 68 de 2009, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña Alexandra María Domínguez Martín, contra “Blackboard Building, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en la que con fecha de 19 de marzo de 2009 se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente: Parte dispositiva: Declarar a la ejecutada “Blackboard Building, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia, con carácter provisional, por importe de 24.490,41 euros de principal, más 500 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, y que trascurrido dicho termino, si no manifiestan alegación alguna de procederá al archivo provisional de las actuaciones. Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Inmaculada Liñán Rojo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Huelva.—Doy fe. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Blackboard Building, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.—El secretario judicial (firmado). (03/16.695/09) |

