Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090604-0211
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D) Anuncios Consejería de Empleo y Mujer
Vista el Acta de Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General RESUELVE Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 9 de marzo de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría. Expediente número PCM-673/2008. En Madrid, a las once y quince horas del miércoles, 17 de diciembre de 2008.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por: Presidente: Don Ángel Díaz-Salado Arranz. Vocal: Don Fernando López Castro. Vocal: Don Pedro Murga Ulibarri. Vocal: Doña Evangelina Rodríguez Mezquita. Secretario: Don Antonio Chico Fernández. Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha lunes, 12 de diciembre de 2008, para conocer el expediente citado. De una parte, constan como citados y comparecen: Doña María Isabel Rubio Alfonso, en calidad de Jefe de Administración y Relaciones Laborales. La empresa, “Iberphone, Sociedad Anónima Unipersonal”, avenida de Burgos, número 8, Madrid. De otra parte, constan como citados y comparecen: Doña Monserrat Sánchez Ávila, en calidad de representante de CC OO. Doña Susana Rodríguez Valencia, en calidad de sección sindical de CC OO. Doña María Ángeles Martínez Noguero, en calidad de sección sindical de CC OO. Doña Cecilia Calvin Abad, en calidad de sección sindical de CC OO. Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por doña Teresa Calderón García, como representación de COMFIA CC OO de Madrid ABIERTO EL ACTO La parte solicitante manifiesta su posición en el sentdio de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio. Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura. Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de: CON AVENENCIA En los siguientes términos: 1. Las partes acuerdan, manteniendo la última oferta de la empresa, pactar una mejora sobre la misma en la que los trabajadores que presten servicios desde las 12.00 a las 15.00 horas, de los días 24 y 31 de diciembre de 2008, percibirán una compensación en descanso de hora por hora trabajada. 2. Las partes se comprometen para regular las jornadas de los días 24 y 31 de diciembre de 2009, a iniciar el 1 de septiembre de 2009, un período de negociación para alcanzar un acuerdo con la suficiente antelación, comprometiéndose la empresa a entregar la documentación necesaria, para evaluar el dimensionamiento de la plantilla necesaria en esos días. 3. En virtud del presente acuerdo se desconvoca la huelga objeto del presente expediente. El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece. El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral. Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las trece y quince horas del día de hoy.—El secretario suplente (firmado). (03/10.155/09) |

