Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-06-2009

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090604-0219

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Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 11 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Trane Aire Acondicionado, Sociedad Limitada”, y los representantes legales de los trabajadores (PCM-56/2009).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2. f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 11 de marzo de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM-56/2009.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del día jueves, 5 de febrero de 2009.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don José María Roncero G. de Bonilla.

Vocal: Don Carlos Jacob Sánchez.

Vocal: Don José Manuel Nogales Barroso.

Vocal: Don Julio Canalda Bobas.

Secretario: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha jueves 29 de enero de 2009, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don José María López Izquierdo, en calidad de responsable Recursos Humanos.

Don David García Díaz, en calidad de asesor.

“Trane Aire Acondicionado, Sociedad Limitada”, con domicilio en carretera Andalucía, kilómetro 10.300 (Madrid).

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Ramiro Montes Ramos, en calidad de representación legal de los trabajadores.

Don Santiago García Belinchón, en calidad legal de los trabajadores.

Doña Elena Elvira Torrente, en calidad de representación legal de los trabajadores.

Don Francisco Javier Parra Hermida, en calidad de representación legal de los trabajadores.

Doña Ana María Oller Alarcón, en calidad de asesora CC OO.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por representación legal
de los trabajadores

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de:

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1.  Ambas partes reconocen que se ha producido un exceso de jornada en el año 2009, y acuerdan reunirse en el seno de la empresa para establecer el procedimiento de compensación de este exceso de jornada.

2.  Ambas partes acuerdan aplicar el calendario propuesto por la empresa para el año 2009, asumiendo la empresa el compromiso de que no haya extinciones por causas objetivas durante el año 2009 entre el personal afectado por la modificación horaria.

3.  Asimismo, se constituye una comisión de seguimiento que de forma trimestral evaluará la aplicación de este acuerdo, y revisará el mismo al final del año 2009.

4.  El sistema de abono de las horas extraordinarias se mantendrá igual que en el año 2008.

5.  El concepto de ayuda para comida se revisará en los mismos términos en que se efectuó en el año 2008.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las once y treinta horas del día de hoy.—La secretaria suplente (firmado).

(03/10.170/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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