Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-06-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090604-0206

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE MÁLAGA

EDICTO

Doña María Mercedes Pérez Lisbona, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 854 de 2008, a instancias de la parte actora don Iván Reyes Bullock, contra “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 18 de marzo de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por don Iván Reyes Bullock, contra “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 2.900,30 euros por los conceptos y períodos reclamados en su demanda. Cantidad a la que hay que añadir el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, cuyo anuncio se efectuará ante este Juzgado en el plazo improrrogable de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de esta sentencia, o, en otro caso, una vez firme la misma, procédase al archivo de las actuaciones dejando nota.

Advirtiéndoles que en los escritos de anuncio e interposición, así como en los de impugnación, se hará constar un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga a efectos de notificaciones.

Si recurre la parte demandada, deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de la condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 2950/0000/65/0854/08.

Al interponer el recurso acreditará igualmente el ingreso de 150,25 euros en dicha cuenta, mediante entrega del reguardo acreditativo, en la Secretaría de este Juzgado de lo social.

Así por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 5 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.110/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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