Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090605-0006
Páginas: 0
|
D) Anuncios Consejería de Empleo y Mujer
Vista el Acta de Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General RESUELVE Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 11 de marzo de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría. Expediente número PCM-82/2009. En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del día 17 de febrero de 2009.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por: Presidenta: Doña Ingrid Fernández Jiménez. Vocal: Don José Luis Gómez Durán. Vocal: Don Luis Campoamor Fernández. Secretario: Don Antonio Chico Fernández. Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha 10 de febrero de 2009, para conocer del expediente citado. De una parte, constan como citados y comparecen: Doña Gloria Villar Abad, en calidad de letrada. La empresa “Schenker High Tech Logistics, Sociedad Limitada”, domiciliada en la calle Gamonal, número 16, cuarto C, de Madrid. De otra parte, constan como citados y comparecen: Doña María Ángeles Ojeda Abolafia, en calidad de representante FRTCM-UGT Madrid. Don Francisco González Márquez, en calidad de representante de la Federación de Transportes CC OO. Don Juan José Román Polo, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Benito Antonio Guardado Rodríguez, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don José Manuel Aguilar Pajuelo, en calidad de representante legal de los trabajadores. Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Emilio Cardero Millán, como representante del Sector de Carreteras y Urbanos de Transportes, Comunicaciones y Mar de UGT Madrid ABIERTO EL ACTO La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio. Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura. Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de CON AVENENCIA En los siguientes términos: 1. Ambas partes acuerdan la constitución de la mesa negociadora del convenio colectivo de empresa para el día 4 de marzo de 2009, a las dieciséis y treinta horas. En ese mismo día ambas partes acuerdan iniciar la negociación del calendario laboral para el presente año. 2. Ambas partes acuerdan que la cantidad percibida durante el año 2008 por los trabajadores subrogados de “Siemens”, en el concepto de “Subvención de comida”, será consolidable, revalorizable, no compensable ni absorbible. El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece. El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral. Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las once horas del día de hoy.—El Secretario suplente (firmado). (03/10.178/09) |

