Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090612-0115

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 8 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Escobar Bernardos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 390 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Johan Valencia Bahamonde, contra la empresa “La Empresa Ferroser Ferrovial Servicios, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Acta

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Ante la ilustrísima magistrada-juez de este Juzgado de lo social número 8, doña Ana Ruiz de Burgos Moreno, y con mi asistencia, la secretaria judicial, doña María José Escobar Bernardos, comparecen: como demandante, don Johan Valencia Bahamonde, con documento nacional de identidad número 52883213-A, asistido del letrado don Antonio García Mar­tín, con número de colegiado 20.735; como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social, representado por la letrada doña Ángeles García Vidueira; “Mutua Universal Mugenat”, representada por el letrado don Carlos Francisco Serradilla Enciso, con número de colegiado 53.651 y con poder otorgado ante el notario don Raúl Vall Vilardell, de Cataluña, el día 26 de febrero de 2001, y con su número de protocolo 562; la empresa “Ferroser Ferrovial Servicios, Sociedad Anónima”, no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, no comparece.

Su señoría ilustrísima, a la vista del estado que mantienen las presentes actuaciones y dado que existe un segundo expediente administrativo a consecuencia de una baja médica posterior por las mismas lesiones, cuya resolución dará pie a una nueva demanda, acuerda el archivo provisional de las presentes actuaciones hasta el 31 de diciembre de 2009, bajo el apercibimiento que de no instar nada en mentado término se elevará a definitivo el mismo.

Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, termina esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, después de su señoría ilustrísima, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a la empresa “Ferroser Ferrovial Servicios, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.124/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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