Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-06-2009

Sección 1.3.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090612-0024

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Empleo y Mujer

1980 ORDEN 1223/2009, de 13 de mayo, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “Certificados y Acreditaciones” del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, establecen que la competencia de aprobación de disposiciones de carácter general por las que se creen, modifiquen o supriman ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la referida Ley, en los Organismos Autónomos se ajustará a lo previsto en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, así como en la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional.

El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, establece en el apartado 2, letra e), de su artículo 2, que uno de los fines de la formación profesional para el empleo es que sean objeto de acreditación las competencias profesionales adquiridas por los trabajadores tanto a través de procesos formativos (formales y no formales), así como de la experiencia laboral. Asimismo, en el apartado 4 del artículo 11 de dicho Real Decreto, se indica que los órganos competentes de las Comunidades Autónomas deberán llevar un registro nominal y por especialidades de los certificados de profesionalidad y de las acreditaciones parciales acumulables expedidas.

El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, establece en el apartado a) de su artículo 3 que tienen por finalidad acreditar las cualificaciones profesionales o las unidades de competencia recogidas en los mismos, independientemente de su vía de adquisición, bien sea a través de la vía formativa o mediante la experiencia laboral o vías no formales de formación, según lo que se establezca en el desarrollo del artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional.

También en el apartado 1 del artículo 16 se indica que los certificados de profesionalidad se expedirán a quienes lo hayan solicitado y demuestren haber superado los módulos correspondientes a dicho certificado, o bien hayan obtenido el reconocimiento y la acreditación de todas las unidades de competencia que lo componen mediante el procedimiento que se establezca en el desarrollo normativo del artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Igualmente, en el apartado 1 del artículo 17, establece que las Administraciones laborales competentes deberán llevar un registro nominal y por especialidades (denominación) de los certificados de profesionalidad y de las acreditaciones parciales acumulables expedidas.

Para hacer posible la gestión informatizada del registro de certificados y acreditaciones parciales acumulables es preciso crear el correspondiente fichero de datos personales, que será tratado de forma automatizada mediante la aplicación informática correspondiente.

Los datos personales recogidos con este fin serán tratados conforme lo dispuesto en la citada Ley 8/2001, de 13 de julio, citada; como el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La presente resolución ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido atribuidas,

DISPONGO

Artículo Único

1.  La creación del fichero automatizado de datos de carácter personal denominado “Certificados y Acreditaciones” del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, regulado en el Anexo a la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en al Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

2.  En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en el fichero que se crea, se dará cumplimiento, en los términos que se establecen en la regularización efectuada en el Anexo citado, a lo previsto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 13 de mayo de 2009.

La Consejera de Empleo y Mujer,
 MARÍA PALOMA ADRADOS GAUTIER

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: CERTIFICADOS Y ACREDITACIONES.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Empleo y Mujer, Servicio Regional de Empleo, Dirección General.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Empleo y Mujer, Servicio Regional de Empleo, Dirección General.

Nombre y descripción del fichero: CERTIFICADOS Y ACREDITACIONES.

Caracter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica, número SS/Mutualidad, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella.

— Otros tipos de datos: Datos de caraterísticas personales, datos académicos y profesionales, datos de detalles de empleo, datos de transacciones de bienes y servicios.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: REGISTRO DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD Y ACREDITACIONES PARCIALES ACUMULABLES. TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DE CERTIFICA-
CIONES Y EMISIÓN DE LAS MISMAS.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: SOLICITANTES. REPRESENTANTES LEGALES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

— Otros órganos de la Administración del Estado.

— Otros órganos de la Comunidad Autónoma.

(03/17.814/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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