Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090615-0115
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS GETAFE LICENCIAS Pongo en su conocimiento que con esta fecha el concejal-delegado de Urbanismo, Inspección, Patrimonio y Cultura ha dictado el siguiente: Decreto.—En Getafe, a 6 de marzo de 2009. En uso de las facultades que me están delegadas por decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 18 de junio de 2007, y a la vista de los informes de la Policía Local de fecha 16 de febrero de 2009, de la Unidad Administrativa de Licencias, Disciplina e Inspección Urbanística de fecha 5 de marzo de 2009, he resuelto: Conceder a don José Antonio Díaz Rodríguez un plazo de audiencia de quince días para que formule las alegaciones que estime oportunas en relación con la declaración de caducidad de las licencias números 528 y 14.935 de que dispone la actividad de carnicería-charcutería en la calle Madrid, número 106, al haber permanecido el local cerrado y sin actividad durante un período de tiempo superior a seis meses, por lo que se incurre en causa de declaración de caducidad según lo dispuesto en artículo 259.9 de las Normas Urbanísticas y Órdenes del Plan General de Ordenación Urbana. Todo ello de conformidad con la siguiente motivación contenida en los informes citados: Por acuerdo de la Comisión Permanente del Ayuntamiento de Getafe de fecha 6 de mayo de 1965 se concede licencia de apertura número 528 para carnicería a favor de don Antonio y don Luis Díaz Novillo, en la calle Madrid, número 3 de la colonia Nuestra Señora de los Ángeles. Por decreto del concejal-delegado de Urbanismo de fecha 17 de noviembre de 1997 se transmite la licencia descrita en el párrafo anterior con el número 14.935 a favor de don José Antonio Díaz Rodríguez, identificando el local como calle Madrid, número 110. Analizando el emplazamiento de las actividades, se comprueba que el emplazamiento actual se corresponde con la calle Madrid, número 106. Girada visita de inspección al establecimiento con fecha 30 de octubre de 2008, se observa: — El establecimiento se encuentra cerrado y sin signos de actividad. — Esta situación se mantiene al día de la fecha. Según consta en informe de la Policía Local de fecha 16 de febrero de 2009, el establecimiento está sin actividad desde hace, al menos, cinco años. El local ha permanecido cerrado durante un período de tiempo superior a seis meses, por lo que se incurre en causa de declaración de caducidad de licencia según lo dispuesto en el artículo 259.9 del Plan General de Ordenación Urbana vigente. La declaración de caducidad de las licencias requiere, previa audiencia al interesado, de conformidad con lo señalado en el artículo 158 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Lo que se le notifica a usted para que en el plazo de quince días hábiles puedan efectuar las alegaciones que considere oportunas, significándole que por ser esta audiencia previa un acto de trámite, no cabe contra el mismo, recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que estime procedente. Getafe, a 13 de mayo de 2009.—El concejal-delegado de Urbanismo, Inspección, Patrimonio y Cultura, José Manuel Vázquez Sacristán. (02/6.467/09) |

