Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-06-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090615-0230

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE GIJÓN

EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN

Doña Olga de la Fuente Cabezón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Gijón.

Hago saber: Que en autos número 214 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Marco Antonio Amaguaya Cali, contra la empresa “Vías, Canales y Puertos, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, se ha acordado citar a “Vías, Canales y Puertos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 30 de junio de 2009, a las doce treinta horas de su mañana, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 2 de Gijón, sito en la calle Decano Prendes Pando, número 1, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legal forma a “Vías, Canales y Puertos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que se hará de forma gratuita según está previsto en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, artículo 2.d) y artículo 6.4.

En Gijón, a 19 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.080/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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