Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-06-2009

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090615-0003

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

1983 RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2009, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba y publica la composición definitiva parcial y se requiere documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos a los integrantes de la lista de espera de funcionarios interinos del Cuerpo de Administrativos, de Administración General, Grupo C (actual Grupo C1), de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 297/2007, de 7 de marzo, de la Consejería de Presidencia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de abril), se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Administrativos de Administración General, Grupo C (actual subgrupo C1), de la Comunidad de Madrid, cuyo número de plazas fue ampliado por la Orden de 11 de septiembre de 2007, de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de septiembre; corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de septiembre). Las citadas pruebas selectivas han sido resueltas por Resolución de 25 de marzo de 2009, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de abril).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimotercera de la propia convocatoria de pruebas selectivas, a efectos de la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Administrativos de Administración General, Grupo C (actual subgrupo C1), de la Comunidad de Madrid, se formará una lista de espera integrada por un máximo de 500 candidatos con los aspirantes del turno libre y el cupo de discapacidad que, habiendo obtenido, como mínimo, 4 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición, no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera, o que el Tribunal de Selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

De este modo, por Resolución de esta Dirección General de 1 de abril de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de abril), se aprobó e hizo pública la lista de espera provisional a efectos de la selección de funcionarios interinos del citado Cuerpo, y se requirió la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigibles para el acceso al mismo a los 500 primeros integrantes de la referida lista, verificándose por este centro directivo dicho cumplimiento.

Asimismo, a tenor de lo establecido en la base decimotercera de la Orden de Convocatoria, en el supuesto de agotarse la lista de espera aprobada y siempre que existan candidatos que habiendo alcanzado la calificación mínima de 4 puntos en el primer ejercicio no se hayan integrado en la lista anterior, la Dirección General de Función Pública podrá ampliar dicha lista con el número de candidatos que resulte conveniente en función de las necesidades del servicio.

En virtud de cuanto antecede, y en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas, esta Dirección General de Función Pública

HA RESUELTO

Primero

Aprobar y publicar la composición definitiva-parcial de integrantes de la lista provisional aprobada por Resolución de 1 de abril de 2009, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 13 de abril), para la cobertura de puestos vacantes por funcionarios interinos del Cuerpo de Administrativos de Administración General, Grupo C (actual subgrupo C1), de la Comunidad de Madrid, derivada del proceso selectivo convocado por la Orden 297/2007, de 7 de marzo, de la Consejería de Presidencia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de abril), y que se relaciona en el Anexo I.

Segundo

El órgano gestor de la lista de espera, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, será la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda, a la que deberán dirigirse las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías o Gerencias de los Organismos Autónomos que precisen personal.

Tercero

Se declara decaídos en el derecho a formar parte de la lista de espera definitiva parcial a aquellos aspirantes que, en el plazo establecido a tal efecto en la Resolución de 1 de abril de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de abril), no han presentado la documentación requerida en tiempo y forma.

Cuarto

La lista de espera relacionada en el Anexo I entrará en vigor al día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto

De acuerdo con el citado Decreto 50/2001, esta Dirección General de Función Pública procede a requerir a los aspirantes relacionados en el Anexo II la presentación, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de los documentos que se indican a continuación:

— Fotocopia debidamente compulsada del DNI.

— Fotocopia debidamente compulsada de una de las siguientes titulaciones académicas: Bachiller Superior, BUP, título de Bachiller LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o de Grado Superior o, en su caso, documentación que acredite estar en condiciones de obtenerla.

— Los aspirantes pertenecientes al cupo de discapacidad, además de la documentación requerida anteriormente, deben aportar fotocopia debidamente compulsada de la tarjeta identificativa de la discapacidad expedida por el órgano competente o del certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones.

La documentación requerida habrá de estar referida siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias del correspondiente proceso selectivo (11 de octubre de 2007), y podrá presentarse a través de los registros que figuran en el Anexo III de esta Resolución, o en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo dirigirse a la Subdirección General de Planificación de Efectivos y Selección de esta Dirección General de Función Pública (plaza del Conde del Valle de Suchil, número 20, primera planta, 28015 Madrid).

Se adjunta a la presente Resolución como Anexo IV, modelo de solicitud que puede ser cumplimentado por los aspirantes a estos efectos.

En el supuesto de que se aportara documentación por aspirantes que no figuran en el citado Anexo II, la misma será considerada, en todo caso, como extemporánea, por lo que no será tomada en consideración ni producirá efecto alguno en relación con la formación de la lista de espera objeto de la presente Resolución, sin perjuicio de la posibilidad de que dichos aspirantes se personen ante la Subdirección General de Planificación de Efectivos y Selección, sita en la plaza del Conde del Valle de Suchil, número 20, primera planta, a fin de poder recuperar la documentación presentada.

Sexto

A los integrantes de la lista de espera provisional relacionados en el Anexo II, que en el plazo establecido a tal efecto no hubieran presentado la documentación requerida o la misma no estuviera debidamente compulsada, se les declarará decaídos en su derecho a formar parte de la lista de espera definitiva.

Séptimo

Una vez comprobado el cumplimiento de los referidos requisitos, esta Dirección General de Función Pública aprobará la lista de espera definitiva parcial y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante la Dirección General de Función Pública o ante la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dado en Madrid, a 1 de junio de 2009.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.

ANEXO I

LISTA DE ESPERA DEFINITIVA-PARCIAL POR ORDEN DE PUNTUACIÓN

LISTA DE ESPERA DEFINITIVA-PARCIAL POR ORDEN ALFABÉTICO

ANEXO II

LISTA DE ESPERA PROVISIONAL-PARCIAL POR ORDEN DE PUNTUACIÓN

LISTA DE ESPERA PROVISIONAL-PARCIAL POR ORDEN ALFABÉTICO

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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