Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090616-0150

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 30 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 50 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Enrique García Castellano, don Agustín Mateos Villar y don Jesús Aragón Vicente, contra “Montajes Eléctricos y Redes, Sociedad Limitada”, y “Urbanización y Obras Civiles, Sociedad Anónima” (“Urbacisa”), sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 6 de abril de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

a)  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don José Enrique García Castellano, don Agustín Mateos Villar y don Jesús Aragón Vicente, contra “Montajes Eléctricos y Redes, Sociedad Limitada”, y “Urbanización y Obras Civiles, Sociedad Anónima” (“Urbacisa”), por un importe de 3.653,50 euros de principal, más 548,03 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b)  Trabar embargo sobre los bienes y derechos de la titularidad de las demandadas.

c)  A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de las deudoras de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a las ejecutadas por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2803/0000/641227/08, entidad 0030, agencia 1143, sito en calle Orense, número 19, de Madrid.

d)  Respecto al otrosí primero, y siguiéndose en este Juzgado contra la empresa “Montajes Eléctricos y Redes, Sociedad Limitada”, ejecución con el número 4 de 2009: estese al resultado de los embargos trabados contra los bienes y derechos de dicha empresa.

Respecto al otrosí segundo: estese a lo acordado en el párrafo c) de la parte dispositiva de la presente resolución, librándose a tal fin el oportuno oficio a la Oficina de Averiguación Patrimonial.

Respecto al otrosí tercero: que por la comisión judicial se requiera a las empresas demandadas a fin de que hagan manifestación de bienes y derechos, y aporten al Juzgado relación detallada de los clientes acreedores por facturación ya devengada o pendiente de su realización.

Respecto al otrosí cuarto: se tienen por realizadas las manifestaciones contenidas en el mismo.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por las ejecutadas en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Urbanización y Obras Civiles, Sociedad Anónima” (“Urbacisa”), en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .

En Madrid, a 19 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.890/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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