Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090616-0171
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 38 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 315 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Gómez Cabanillas, contra don José Luis Marín Serrano, “Soluciones Gabela, Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Némesis, Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Omega, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente: Fallo Estimando la demanda formulada por don Juan Gómez Cabanillas, contra “Soluciones Gabela, Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Némesis, Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Omega, Sociedad Limitada”, don José Luis Marín Serrano y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro injustificada la decisión extintiva de fecha 2 de enero de 2009 y efectos del 3 de febrero de 2009, condenando solidariamente a las empresas demandadas “Soluciones Gabela, Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Némesis, Sociedad Limitada”, y “Urbanizaciones Omega, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por la anterior declaración con todos los efectos inherentes a la misma y en consecuencia a que opten en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia por readmitir al actor en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido o le indemnicen en la cantidad de 19.284,08 euros, debiéndole abonar en cualquier caso los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la de notificación de esta sentencia. Absuelvo a don José Luis Marín Serrano de las pretensiones formuladas en su contra. Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Luis Marín Serrano, “Soluciones Gabela, Sociedad Limitada”, y “Urbanizaciones Némesis, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 20 de mayo de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/17.623/09) |

