Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090616-0178
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Victoria Esteban, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.494 de 2008-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Valdivieso Segovia, contra la empresa “Ega System, Sociedad Limitada”, sobre extinción, se ha dictado sentencia de fecha 18 de mayo de 2009, cuyo fallo es el siguiente: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Sergio Valdivieso Segovia, frente a a “Ega System, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro extinguido el contrato de trabajo celebrado entre las partes en la fecha de la presente resolución y en consecuencia condeno a la empresa demandada a que indemnice a la parte actora la cantidad de 6.279 euros en concepto de indemnización. Asimismo, estimando igualmente la demanda del actor, frente a la empresa, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y en consecuencia condeno a la empresa demandada a que le abone los salarios de tramitación desde la fecha del despido el día 26 de enero de 2009 hasta la notificación de la presente resolución a razón de 41,86 euros/día. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena en la cuenta señalada al efecto, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y, al mismo tiempo, para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 150,25 euros en la cuenta señalada al efecto, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ega System, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 19 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/17.891/09) |

