Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-06-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090616-0338

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MEJORADA DEL CAMPO

RÉGIMEN ECONÓMICO

Este Ayuntamiento en Pleno, en su sesión ordinaria de fecha 28 de mayo de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acordó rectificar el error material existente en la ordenanza fiscal número 20, reguladora de la tasa por la prestación del servicio de distribución de agua y alcantarillado, aprobada por el Pleno en su sesión de fecha 27 de noviembre de 2008, consistente en añadir la palabra “alcantarillado”, dado que fue omitida en el texto de la ordenanza en vigor, quedando la misma con a siguiente redacción:

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 20, REGULADORA
DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA Y ALCANTARILLADO

Artículo 1.  Fundamento y régimen.—…este Ayuntamiento establece la tasa por prestación del servicio de distribución de agua y “alcantarillado”…

Art. 2.  Hecho imponible.—Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio de distribución de agua y “alcantarillado”.

Art. 3.  Sujeto pasivo.—Serán sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, que resulten beneficiadas del establecimiento del servicio público de distribución o “alcantarillado”.

Art. 6.  Cuota tributaria.—Las tarifas a aplicar para el servicio de distribución y “alcantarillado” de titularidad municipal son las aprobada para el Canal de Isabel II…

Art. 8.  Devengo.—La obligación de contribuir nace desde el momento en que el administrado puede utilizar el servicio de distribución o “alcantarillado”.

Art. 9.  Período impositivo.—La facturación y cobro del importe correspondiente al servicio de distribución o “alcantarillado” de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 17/1984…

En Mejorada del Campo, a 1 de junio de 2009.—El alcalde, Fernando Peñaranda Carralero.

(03/18.238/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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