Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090616-0145
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 14 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 94 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Palacios Bravo, contra la empresa “Armantina, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Auto En Madrid, a 28 de abril de 2009. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por doña María José Palacios Bravo, contra “Armantina, Sociedad Limitada”, por un importe de 1.703,37 euros de principal, más 340,67 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos a través del punto neutro judicial. c) En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio interesándose la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, cuenta corriente número 2512, sito en calle Orense, número 19. d) Practicadas las averiguaciones acordadas en el punto tercero, encontrando solamente dos vehículos previamente embargados, y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 1.703,37 euros de principal, más 340,67 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, dese audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Armantina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/18.519/09) |

