Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090616-0153
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 32 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Fernández Martínez, contra la empresa “Ferralla Anbel, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente: Parte dispositiva: Se acuerda el embargo y precinto de los vehículos propiedad de la apremiada que a continuación se describen, con los datos de identificación conocidos: Vehículos matrículas 0953CXK, 2226 CGZ, 2376BWT, 4676DTC, 6099CYH y 6861BNW. Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre los vehículos indicados, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado. Líbrese y remítase directamente y de oficio, mandamiento a la Dirección General de Tráfico, competente para los precintos de vehículos, para que anote en su registro el acordado por este Juzgado y ordene a la autoridad competente su precinto y depósito. Se designa perito para la tasación de los bienes embargados en estas actuaciones a don Juan Carlos Casal Álvarez, a quien se notificará el nombramiento y en el siguiente día lo aceptará entregando la valoración de los bienes en el plazo de ocho días a contar desde la aceptación del encargo, según establece el artículo 639 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Póngase en conocimiento de las partes o terceros que conste tengan derecho sobre los bienes a tasar, el nombramiento efectuado, para que, dentro del segundo día puedan designar otro por su parte, con la prevención de que si no lo hicieran se les tendrá por conforme practicándose únicamente el avalúo por el perito antes nombrado. Remítase, asimismo, el mandamiento por fax al Registro de Bienes Muebles a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así lo mandó y firma su señoría ilustrísima.—Doy fe. Ante mí. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ferralla Anbel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 19 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/18.662/09) |

