Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090617-0363
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS SAN FERNANDO DE HENARES URBANISMO Habiendo sido aprobado inicialmente por Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo del año en curso, el acuerdo de cambio de destino de una parcela descrita en el mismo que en el acuerdo se describe, que pasa de ser uso cementerio y servicios funerarios ZU-CSF a uso rotacional genérico ZU-D, destinada a la instalación de punto limpio, sin pérdida de su naturaleza jurídica, y publicado dicho acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de abril de 2009, así como publicado en el tablón de edictos del Ayuntamiento desde 17 de abril hasta el 16 de mayo de 2009, y habiendo expedido certificación el secretario general del Ayuntamiento de no haberse presentado alegación alguna, dicho acuerdo de cambio de destino de parcela para instalación de punto limpio, se entiende aprobado definitivamente. Lo que se notifica para conocimiento general y a los efectos, significando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el correspondiente Juzgado o Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, advirtiéndole que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución. Con carácter potestativo, se podrá, asimismo, interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que dictó el acto impugnado. No se podrá presentar el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición. No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime oportuno de conformidad con la legislación vigente. En San Fernando de Henares, a 20 de mayo de 2009.—El concejal-delegado de Política Territorial, Joaquín Martínez Martínez. (02/6.356/09) |

