Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-06-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090617-0107

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Economía y Empleo

Dirección General de Comercio

Resolución de fecha 6 de mayo de 2009, del director general de Comercio del Área de Gobierno de Economía y Empleo, por la que se ordena la publicación de las resoluciones dictadas en procedimientos sancionadores por infracciones en materia de mercados y renuncias voluntarias.

Por el presente anuncio se notifican a los interesados que se relacionan las resoluciones dictadas en procedimientos sancionadores por infracciones en materia de mercados y renuncias voluntarias que a continuación se indican:

Expediente. — Interesado. — NIF o CIF. — Fecha del acto notifi-
 cado. — Acto notificado

165/2009/00006. — Selva Sea, Sociedad Limitada. — B-84067529. — 24 de febrero de 2009. — Acuerdo inicio procedimiento sancionador.

165/2008/00436. — Jiménez Arribas, Pablo. — 64478638-K. — 4 de febrero de 2009. — Declaración vacante procedimiento sancionador.

165/2008/00580. — Ano, Mayumi. — X-4266907-Q. — 24 de febrero de 2009. — Declaración vacante procedimiento sancionador.

165/2009/00029. — Valarezo Chuncho, Caselita Norela. — 51136068-F. — 4 de febrero de 2009. — Declaración vacante renuncia voluntaria.

165/2007/01723. — Saturnino Navarro y José María García. — No consta. — 16 de marzo de 2009. — Desalojo 19 de mayo de 2009.

165/2007/00710. — Kick, Sociedad Limitada. — No consta. — 12 de marzo de 2009. — Desalojo 12 de mayo de 2009.

165/2008/00236. — Mohammamd Abw Moaulik Thabet. — 5322025-G. — 24 de febrero de 2009. — Declaración vacante procedimiento sancionador.

165/2008/00137. — Grasso Torrubia, Telma María. — No consta. — 21 de abril de 2009. — Propuesta de resolución procedimiento sancionador.

165/2008/00700. — Valiño Vayo, María Luisa. — 51636576-N. — 31 de marzo de 2009. — Declaración vacante procedimiento sancionador.

165/2009/00005. — Panera del Esquierzo, Sociedad Limitada. — B-84711472. — 7 de abril de 2009. — Acuerdo inicio procedimiento sancionador.

165/2009/00149. — Mariscos Villagarcía, Sociedad Limitada. — B-80750292. — 6 de abril de 2009. — Acuerdo inicio procedimiento sancionador.

165/2009/00157. — Emilio Lusquiños, Sociedad Limitada. — B-83167847. — 7 de abril de 2009. — Acuerdo inicio procedimiento sancionador.

165/2009/00154. — Pescados Tunipesca, Sociedad Limitada. — B-81467268. — 6 de abril de 2009. — Acuerdo inicio procedimiento sancionador.

Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que habiendo sido intentada la notificación individual, no ha sido posible practicarla.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles que los expedientes podrán ser consultados en la Dirección General de Comercio, sita en la calle Gran Vía, número 24, cuarta planta, de Madrid.

Contra las resoluciones de imposición de sanción por infracción de la normativa en materia de comercio, así como contra resoluciones de declaración de vacante por renuncia voluntaria, que agotan la vía administrativa, podrán interponer recurso de reposición potestativo, previo al contencioso-administrativo, ante el director general de Comercio, en el plazo de un mes, o ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. Contra las resoluciones de acuerdo de inicio y propuesta de resolución los interesados podrán formular alegaciones y proponer pruebas en el plazo de quince días. Todo ello a partir del día siguiente en que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 6 de mayo de 2009.—El director general de Comercio, Daniel López Gálvez.

(02/5.795/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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