Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-06-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090617-0145

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

QUIJORNA

OTROS ANUNCIOS

Asunto: bajas de oficio por inscripción indebida en el padrón de habitantes de Quijorna

Habiéndose tramitado en este Ayuntamiento expedientes de baja de oficio en el padrón de habitantes por no residir en ningún domicilio del municipio de Quijorna, y en cumplimiento de los artículos 581 y 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ha procedido mediante resolución de la Alcaldía a la baja de oficio por inclusión indebida en el padrón de habitantes de las personas que a continuación se detallan:

Nombre y apellidos. — Número de referencia expediente. — Fecha 
 baja padrón/decreto

Antonio E. García Oliva. — 1021/08. — 2 de marzo de 2009.

Aurora Marian Rou. — 1218/08. — 7 de mayo de 2009.

Jean Baptiste de Toledo. — 1302/08. — 7 de mayo de 2009.

Isabelle Marcelle Bily. — 1200/08. — 21 de marzo de 2009.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos, advirtiéndoles que contra este acuerdo cabe interponer los siguientes recursos, sin perjuicio de otros que oportunos:

— Recurso potestativo de reposición, ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación (artículo 116 de la Ley 30/1992).

— Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente de la notificación.

Quijorna, a 21 de mayo de 2009.—La alcaldesa, Mercedes García Rodríguez.

(02/6.703/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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