Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090618-0074

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Alonso Berrio-Ategortúa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 252 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Steven David Zambrano Riccio, contra la empresa “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 272 de 2009

En Madrid, a 19 de mayo de 2009.—Doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, seguidos a instancias de don Steven David Zambrano Riccio, asistido del letrado don Sotero Organero Vélez, contra “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Procede estimar la demanda presentada por el actor don Steven David Zambrano, contra la empresa demandada “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial; declarar la improcedencia del despido, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 284 de la Ley de Procedimiento Laboral extinguida la relación laboral con efectos del día de hoy y condenar a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad de 1.784,78 euros en concepto de indemnización, más los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido producido el 16 de enero de 2009 hasta la fecha de esta resolución a razón de 50,86 euros, pero descontando de dicho período el comprendido entre el 16 de marzo de 2009 al 27 de marzo de 2009 en que el actor prestó servicios para otra em­presa.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/000252/09, el importe del principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.504/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090618-0074