Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090618-0214

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.569 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto López Irigoyen, doña Irena Kourteva Ilieva, doña María Olga Montoro Guijarro, don Jesús Fresco Soriano y doña María Fuencisla Cruz Cruz, contra Fondo de Garantía Salarial, “Veigas & Veigas, Sociedad de Mediaçao Inmobiliaria Limitada, Sucursal en España”, contra ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 266 de 2009

En Madrid, a 8 de mayo de 2009.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de lo social del número 4 de Madrid, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido ante este Juzgado con el número 1.569 de 2008, a instancias de don Alberto López Irigoyen, asistido de la letrada doña María Águeda Chamorro de Marcos, frente a la empresa “Veigas & Veigas, Sociedad de Mediaçao Inmobiliaria Limitada, Sucursal en España”, que no comparece, y con citación de Fondo de Garantía Salarial, y los autos acumulados a aquellos con los números 1.573 de 2008, 1.574 de 2008, 1.575 de 2008 y 1.576 de 2008, respectivamente, a instancias de doña María Olga Montoro Guijarro, don Jesús Fresco Soriano, doña María Fuencisla Cruz Cruz y doña Irena Kourteva Ilieva, frente a la misma demandada, autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente las demandas de reclamación de cantidad entabladas por don Alberto López Irigoyen, doña María Olga Montoro Guijarro, don Jesús Fresco Soriano, doña María Fuencisla Cruz Cruz y doña Irena Kourteva Ilieva, contra la empresa “Veigas & Veigas, Sociedad de Mediaçao Inmobiliaria Limitada, Sucursal en España”, y con la citación de Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa demandada a abonar a los actores las cantidades que se indican a continuación para cada uno de ellos:

A don Alberto López Irigoyen: 3.637,89 euros.

A doña María Olga Montoro Guijarro: 3.742,95 euros.

A don Jesús Fresco Soriano: 12.049,39 euros.

A doña María Fuencisla Cruz Cruz: 2.573,89 euros.

A doña Irena Kourteva Ilieva: 4.918,12 euros.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.

Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar, en la misma cuenta, la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Expídase testimonio de esta resolución, que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Veigas & Veigas, Sociedade de Mediaçao Inmobiliaria Limitada, Sucursal en España”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.495/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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