Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090618-0096
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 14 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.235 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nicolae Pasarica, contra el Fondo de Garantía Salarial y “Atzucat Negocios, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 14 de mayo de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Sentencia número 238 En Madrid, a 14 de mayo de 2009.—Vistos por doña María del Carmen Rodrigo Saiz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos sobre reclamación de cantidad seguidos en este Juzgado bajo el número 1.235 de 2008, entre las siguientes partes: de una, y como demandantes, don Nicolae Pasarica, asistido del letrado don Juan Alfonso Fernández Pérez, y de otra, como demandados, la empresa “Atzucat Negocios, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a esta citada en legal forma, y Fondo de Garantía Salarial, representado por el letrado don Luis Sánchez González. Fallo Que estimando la demanda formulada por don Nicolae Pasarica, contra la empresa “Atzucat Negocios, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa empleadora demandada a abonar al actor la suma de 3.224,79 euros, más el interés de mora del 10 por 100 sobre dicha cantidad desde su devengo. Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2512, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Atzucat Negocios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/18.735/09) |

