Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090618-0002
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C) Otras Disposiciones Consejería de Empleo y Mujer
La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, establece que la competencia de aprobación de disposiciones de carácter general por las que se creen, modifiquen o supriman ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la referida Ley, en los Organismos Autónomos se ajustará a lo previsto en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, así como en la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional. Al objeto de garantizar la seguridad de los colectivos de personas y bienes que acceden y trabajan en la sede del Servicio Regional de Empleo, se considera necesaria la instalación de un sistema de cámaras de vigilancia que permita cubrir el control sobre todas las instalaciones sin necesidad de incrementar el número de efectivos dedicados a los servicios de seguridad y vigilancia, medida ponderada que minimiza los posibles perjuicios sobre la protección de datos de carácter personal, propiciando unos niveles de seguridad que permiten garantizar una correcta protección de personas y bienes. Los datos personales recogidos con este fin serán tratados conforme a lo dispuesto en la citada Ley 8/2001, de 13 de julio, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Asimismo, en cumplimiento del deber de información atribuido al responsable del fichero, se han efectuado todas las actuaciones previstas por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como por la Instrucción 1/2007, de 16 de mayo, de la Agencia de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales a través de sistemas de cámaras y videocámaras. En el procedimiento de elaboración de la Orden se han tenido en cuenta los trámites previstos en el artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de Organización, Competencia y Funcionamiento del Gobierno; en el artículo 5.6 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como por la Instrucción 1/2007, de 16 de mayo, de la Agencia de Protección de Datos sobre el tratamiento de datos personales a través de sistemas de cámaras y videocámaras en el ámbito de los Órganos y Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid. Asimismo, la Orden se acompaña del informe sobre la necesidad y oportunidad del tratamiento de las imágenes realizado mediante sistemas de cámaras o videocámaras. Además ha sido sometida al trámite de información pública preceptuado en el artículo 5.5 de la Ley 8/2001, de 13 de julio. La presente Resolución ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente, DISPONGO Artículo único 1. La creación del fichero automatizado de datos de carácter personal denominado “Videovigilancia” del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, regulado en el Anexo a la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid. 2. En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en el fichero que se crea, se dará cumplimiento a lo previsto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 22 de mayo de 2009. La Consejera de Empleo y Mujer, MARÍA PALOMA ADRADOS GAUTIER ANEXO 1 CREACIÓN DE FICHEROS Fichero: VIDEOVIGILANCIA. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Empleo y Mujer, Servicio Regional de Empleo, Dirección General. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Empleo y Mujer, Servicio Regional de Empleo, Dirección General. Nombre y descripción del fichero: VIDEOVIGILANCIA. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado. Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: — Datos de carácter identificativo: Imagen/voz. Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: INSTALACIÓN DE CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE BIENES Y PERSONAS. CONTROL DE ACCESOS Y ZONAS. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: EMPLEADOS. CIUDADANOS Y RESIDENTES. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal. Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, órganos judiciales. (03/18.448/09) |

