Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090624-0197
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 2 DE MÓSTOLES EDICTO Doña Sara Hervás González, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el juicio de faltas número 278 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: Sentencia número 133 de 2009 En Móstoles, a 7 de mayo de 2009.—Vistos por mí, Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 278 de 2008, en los que han sido partes el ministerio fiscal, como denunciante, el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón y, como denunciados, don Tzam Raziel Zúñiga Barrera, don Jonathan García y don Armando Justo Jordán. Fallo Que debo condenar y condeno a don Tzam Raziel Zúñiga Barrera, como autor de una falta de daños del artículo 625 del Código Penal, a la pena de veinte días de multa con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago. Que debo condenar y condeno a don Jonathan García, como autor de una falta de daños del artículo 625 del Código Penal, a la pena de veinte días de multa con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago. Que debo condenar y condeno a don Armando Justo Jordán, como autor de una falta de daños del artículo 625 del Código Penal, a la pena de veinte días de multa con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago. Asimismo, debo condenar y condeno a don Tzam Raziel Zúñiga Barrera, a don Jonathan García y a don Armando Justo Jordán, a abonar en calidad de responsables civiles al Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón la cantidad de 82,44 euros, así como a abonar las costas procesales. Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación escrita, ante este mismo Juzgado, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid. Llévese certificación de la presente a los autos principales. Notifíquese al ministerio fiscal y a las partes. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Tzam Raziel Zúñiga Barrera, don JonathanGarcía y don Armando Justo Jordán, actualmente en paradero desconocido, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial dentro del plazo de cinco días, expido la presente. En Móstoles, a 19 de mayo de 2009.—La secretaria (firmado). (03/17.963/09) |

