Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090625-0063

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 141 de 2008 de este Juzgado de lo social seguido a instancias de doña Patricia Rocío Quizhpe Chamba, doña Jenny Paulina Salgero Espinoza, doña Gertrudis Peralta y doña Rosa Alegría Loor Suárez, contra la empresa “Latino Capital, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado auto de insolvencia de fecha 1 de junio de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Declarar a la ejecutada “Latino Capital, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 33.818,14 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, correspondiendo a cada una de las trabajadoras las cantidades por indemnización y salarios de tramitación, respectivamente, que a continuación se especifican:

A doña Gertrudis Peralta: 4.984,65 euros y 3.672,50 euros.

A doña Patricia Rocío Quizhpe Champa: 6.585,11 euros y 4.497,15 euros.

A doña Rosa Alegría Loor Suárez: 7.213,95 euros y 3.960,60 euros.

A doña Jenny Paulina Salgero Espinoza: 1.097,13 euros y 1.807,05 euros.

b)  Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil”, a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez sustituto de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Latino Capital, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.960/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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