Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090625-0103

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 24 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.655 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Verges Balcells, contra la empresa “Proceso Organización del Transporte e Ingeniería de Control, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto de aclaración de fecha 28 de mayo de 2009:

Auto

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.

Dispongo: Subsanar el error material padecido en la sentencia para fijar la indemnización por despido en la cantidad de 18.043,19 euros, dando nueva redacción al fundamentos tercero y al fallo en la forma siguiente:

«Tercero.—A la vista de la imposibilidad de la readmisión al haber cesado toda actividad laboral en el domicilio del empresario demandado, procede declarar la extinción de la relación con efectos de la fecha de esta resolución acogiendo así la solicitud efectuada en tal sentido por la parte actora en el acto del juicio y por aplicación de lo dispuesto en el artículo 295 de la Ley de Procedimiento Laboral, lo que determina que la indemnización debe fijarse en la cantidad de 18.043,19 euros, al tenerse en cuenta el período transcurrido entre el inicio de la relación laboral y la fecha de esta sentencia y los salarios de trámite, desde la fecha del despido hasta la de esta resolución, en la cantidad de 6.844,18 euros.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don José Verges Balcells, contra la empresa “Proceso Organización del Transporte e Ingeniería de Control para el Estudio de Líneas, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente la decisión extintiva del nexo laboral aquí enjuiciada, de la que fue objeto el actor el día 19 de noviembre de 2007 y extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos de la fecha de esta sentencia, condenando al demandado a que abone al actor una indemnización en cuantía de 18.043,19 euros, así como los salarios dejados de percibir desde la fecha indicada hasta la de esta sentencia, lo que asciende a la cantidad de 6.844,18 uros, lo que hace un total de 24.887,37 euros.»

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Proceso Organización del Transporte e Ingeniería de Control, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.891/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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