Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090625-0106
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 555 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Estefanía Rodríguez Pérez y don Luis López López, contra la empresa “Aplicaciones Optrónicas, Sociedad Anónima”, don Rafael Marras Fernández Cid y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 28 de mayo de 2009 y diligencia de ordenación de fecha 29 de mayo de 2009, cuyas partes dispositivas son las siguientes: Sentencia número 227 de 2009 En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Don Rafael Monzón Rioboo, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 555 de 2008, sobre reclamación de cantidad, en los que han sido parte: como demandantes, doña Estefanía Rodríguez Pérez y don Luis López López, que comparecen asistidos y representados por la letrada doña Marta Iruzubieta Peláez, y como demandados, “Aplicaciones Optrónicas, Sociedad Anónima”, don Rafael Marras Fernández Cid y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por doña Estefanía Rodríguez Pérez y don Luis López López, contra la empresa “Aplicaciones Optrónicas, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro el derecho de los demandantes a percibir la cantidad de 1.803,21 euros doña Estefanía Rodríguez Pérez, y 583,45 euros don Luis López López, por los conceptos que se dicen en el hecho probado tercero de esta sentencia, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar al demandante los citados importes. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con la cuenta corriente número 2526 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 29 de mayo de 2009. Habiendo sido firmada en fecha 29 de mayo de 2009 la anterior sentencia dictada en auto número 555 de 2008, con esta fecha se procede a la notificación de la misma a las partes, remitiéndose a tal efecto por correo certificado copias de dicha resolución. Modo de impugnación: revisable ante este Juzgado en el plazo del día siguiente a su notificación. Así lo ordeno y firmo.—El secretario judicial (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aplicaciones Optrónicas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de mayo de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/19.262/09) |

