Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090625-0131

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 38 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 30 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Gonzalo Fernández Paniagua, contra la empresa “Subot, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto en fecha 26 de mayo de 2009, cuya parte dispositiva dice así:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a)  El embargo de los bienes inmuebles que se describen: fincas número 22.532 y número 43.920/bis del Registro de la Propiedad número 3 de Madrid y finca rústica de Montalbo número 4.655 del Registro de la Propiedad de Huete, como propiedad de “Subot, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 1.166 euros de principal, más 116,60 euros presupuestados para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de don Sergio Gonzalo Fernández Paniagua, contra “Subot, Sociedad Limitada”.

b)  Librar mandamiento por duplicado a los citados Registros de la Propiedad para que practiquen anotación preventiva de dicho embargo, expidan certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas y gravámenes, y comuniquen a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamientos por fax a los Registros de la Propiedad número 3 de Madrid y de Huete (Cuenca) a fin de que extiendan los correspondientes asientos de presentación.

c)  Requerir al ejecutado, para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante sus impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Inmaculada Parrado Caparrós.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Subot, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/18.952/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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