Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090626-0254
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE VIGO EDICTO Doña Carmen Adellac Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Vigo. Doy fe y certifico: Que en el procedimiento número 746 de 2008, ejecución número 118 de 2009, seguido a instancias de Tesorería General de la Seguridad Social, contra “Frigo Lines, Sociedad Limitada”, sobre cantidades (capital coste), se ha dictado el siguiente Auto En Vigo, a 26 de mayo de 2009.—Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho. Por las razones precedentemente expuestas, su señoría ilustrísima don Germán María Serrano Espinosa, magistrado-juez de lo social del número 2 de Vigo, dijo: Que se requiera a la empresa demandada “Frigo Lines, Sociedad Limitada”, para que en el plazo de diez días, ingrese en la cuenta de la entidad gestora, Tesorería General de la Seguridad Social, la cantidad reclamada de 5.723,25 euros en concepto de capital coste, debiendo justificar tal ingreso en este Juzgado. En caso contrario, se procederá al embargo de bienes propiedad de la empresa ejecutada en cantidad suficiente para cubrir la suma reclamada, más la de 1.000 euros que sin perjuicio, se fijan provisionalmente para costas, dándose comisión para la diligencia de embargo a practicar a un agente judicial de este Juzgado, asistido del secretario o funcionario habilitado, sirviendo esta resolución de oportuno mandamiento en forma para la práctica acordada, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si preciso fuere, guardándose en la traba el orden y limitaciones que establecen los artículos 1.447 y 1.449 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y sin perjuicio solicítense los informes de solvencia prevenidos en el artículo 248 de la Ley de Procedimiento Laboral, acordándose el acceso a través de la aplicación informática de este Juzgado a las bases de datos de Tráfico, Agencia Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante este mismo Juzgado de lo social, en el plazo de tres días siguientes a la notificación, sin perjuicio de su ejecutividad. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Y para que así conste y sirva de notificación y requerimiento en forma a la empresa ejecutada “Frigo Lines, Sociedad Limitada”, cuyo domicilio actual se desconoce, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral), expido y firmo la presente en Vigo, a 26 de mayo de 2009.—La secretario judicial (firmado). (03/19.597/09) |

