Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090627-0131
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de de demanda número 23 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Aldir López, contra la empresa “Cithara Cocina y Baño, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 115 de 2009 En Madrid, a 27 de marzo de 2009.—La ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, ha visto los presentes autos número 23 de 2009, seguidos entre partes: como demandante, doña María del Carmen Aldir López, mayor de edad, con documento nacional de identidad y domicilio que constan en autos, asistida de la letrada doña María del Carmen Sastre Losmozos, y como demandada, “Cithara Cocina y Baño, Sociedad Limitada”, versando los autos sobre despido, dictándose la presente resolución en nombre de Su Majestad el Rey en base al siguiente Fallo Que estimando la demanda formulada por doña María del Carmen Aldir López, contra “Cithara Cocina y Baño, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora de fecha 24 de noviembre de 2008, y resultando inviable la readmisión de la trabajadora, se declara extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes litigantes con efectos desde la fecha de la presente resolución, condenando a la demandada a abonar a la actora las siguientes cantidades: Indemnización: 6.853,85 euros. Salarios de tramitación: 4.626,44 euros. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo social, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de su notificación. Previniendo a la empresa que para recurrir deberá acreditar haber ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social, número 2523, clave 65, con indicación del número de procedimiento, abierta en el “Banco Español de Crédito”, en la calle Orense, número 19, de esta capital, oficina 1143, el importe de la condena y 150,25 euros en concepto de depósito, siendo admisible la sustitución del ingreso de la cantidad objeto de condena por la aportación de aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, sin cuyos requisitos no será admitido a trámite el recurso, quedando firme la sentencia. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá un testimonio a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cithara Cocina y Baño, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 11 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/18.810/09) |

