Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-06-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090629-0170

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

VILLAMANTA

OTROS ANUNCIOS

Por resolución de Alcaldía 320/2009, de 5 de junio, en relación al recurso contencioso-administrativo (procedimiento ordinario número 69 de 2009) interpuesto por las mercantiles “Jarecón, Sociedad Limitada”, y “Cohidurgo, Sociedad Limitada”, contra la resolución de Alcaldía 67/2009, de 12 de febrero, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución 628/2008, de 22 de diciembre, que desestimaba la solicitud de concesión, por silencio administrativo positivo, de la licencia de primera ocupación para once viviendas, cuyas plazas de aparcamiento adscritas estaban situadas bajo rasante en el solar que da frente a la calle José Juan Aracil, número 2, del municipio de Villamanta, se ha resuelto:

Primero.—Remitir una copia completa del expediente administrativo al Juzgado de lo contencioso-administrativo número 10 del partido judicial de Madrid, sito en la calle Gran Vía, número 19, de dicha localidad.

Segundo.—Notificar la presente resolución para que los interesados en el expediente puedan comparecer y personarse en los autos en el plazo de nueve días hábiles. De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarse notificación de clase alguna.

Lo que se publica a los efectos del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Villamanta, a 5 de junio de 2009.—El alcalde, Pedro Luis Dorado del Álamo.

(02/7.415/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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