Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-06-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090629-0189

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCORCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

En relación con la convocatoria que está llevando a cabo este Ayuntamiento para la provisión, mediante concurso-oposición, por promoción interna, de tres plazas de cabo del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Alcorcón, personal funcionario, se pone en conocimiento de los interesados lo siguiente:

Primero.—Que por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 1 de junio de 2009, se aprobaron las bases de convocatoria para cubrir tres plazas de cabo del Servicio de Extinción de Incendios, personal funcionario, cuyo literal es el siguiente:

BASES DE CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN
EN PROPIEDAD MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE TRES PLAZAS DE CABO DEL SERVICIO
DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

1.  Normas generales

1.1.  Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas de cabo del Servicio de Extinción de incendios, pertenecientes a la escala de Administración Especial, cuerpo del Servicio de Extinción de Incendios, grupo C, subgrupo C2 y nivel de complemento de destino 18.

1.2.  La realización de estas pruebas selectivas se ajustara a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado; en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y en las normas de esta convocatoria.

1.3.  El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.

A) Fase de concurso. Esta fase no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

— Por cada año o fracción superior a seis meses prestados como bombero o bombero-conductor del Servicio de Extinción de Incendios, 0,50 puntos, hasta un máximo de 8 puntos.

— Por cursos, jornadas o seminarios relacionados directamente con las actividades del Servicio de Extinción de Incendios, impartidos por centros oficiales o instituciones privadas de reconocido prestigio, hasta un máximo de 2 puntos, de manera que se multiplica la hora de formación por 0,01 puntos. Aquellos cursos o jornadas que no especifiquen en el título correspondiente la duración de la misma se contabilizarán siete horas por día de asistencia.

La documentación acreditativa de los méritos a valorar en las presentes bases, deberán adjuntarse a la solicitud para formar parte de la convocatoria. En el caso de que se presentasen fotocopias de dicha documentación, estas deberán estar debidamente compulsadas.

B) Fase de oposición.

— Primer ejercicio: pruebas físicas:

El orden en que habrán de realizarse las pruebas físicas lo determinará el tribunal antes de la celebración de las mismas.

Los aspirantes deberán presentar certificado médico oficial acreditativo de estar en condiciones físicas suficientes para realizar las pruebas de este ejercicio.

Calificación de las pruebas físicas: este ejercicio se calificará como “apto” o “no apto”. No siendo puntuable y siendo eliminatorio si no se cumple con los mínimos exigidos.

1. Carrera de resistencia sobre 1.000 metros.

Descripción: recorrer la distancia de 1.000 metros en pista por calle libre.

Nivel mínimo: 5 minutos, 0 segundos, 0 décimas, 0 centésimas.

Intentos: un solo intento.

El ejecutante se colocará en la pista en el lugar señalado, detrás de la línea de salida, sin sobrepasar esta a la voz de “a sus puestos”. A la voz de “listos”, inclinará el tronco hacia delante, y a la voz de “ya” o disparo o pitido, saldrá a recorrer la distancia marcada por calle libre.

Invalidaciones: de acuerdo al Reglamento de la IAAF.

2. Press de banca:

Descripción: en posición de decúbito supino (boca arriba) sobre un banco, el ejecutante deberá levantar un mínimo de 20 veces un peso de 40 kilogramos durante un tiempo máximo de 30 segundos, 0 décimas, 0 centésimas.

El levantamiento se realizará con ambas manos en agarre ligeramente superior a la anchura de los hombros, en una acción de extensión flexión de los codos, que se inicia con el contacto de la barra con el pecho y termina con la extensión total de los codos en su proyección vertical.

Descalificaciones:

— No extender los codos totalmente.

— No tocar el pecho con la barra en la flexión de codos.

— Parar el ejercicio en flexión de codos.

3. Dominadas en escala:

Descripción: suspendido en el borde lateral de la escala con agarre dígito palmar hacia el frente a la altura de los hombros la posición inicial flexión hombros 180 grados extensión del codo y posición final abducción de hombros, flexión del codo posición de referencia. Se realizarán un mínimo de ocho repeticiones en 30 segundos, 0 décimas, 0 centésimas.

Descalificaciones. Consistente en no contar la repetición mal ejecutada:

— No pasar la barbilla por encima del borde lateral de la escala.

— No extender totalmente los codos.

— Que se inicie sin respetar la indicación ni orden del técnico.

4. Trepa de cuerda lisa:

Descripción: trepar por una cuerda lisa de 6,50 metros, sin apoyo de piernas, partiendo desde la posición de pie. A la voz de “ya” del juez, el aspirante iniciará la trepa hasta tocar con la mano la campana situada a la altura fijada, en un tiempo máximo de 12 segundos, 0 décimas, 0 centésimas, sin sujetarse con las piernas y ascendiendo impulsado con los brazos y el tren superior.

Invalidaciones:

— No alcanzar la altura marcada.

— Cuando se ayude con presa de pies.

— Cuando se sujete con las piernas en la cuerda al tocar la campana.

5. Natación. 50 metros estilo libre.

Descripción: el ejecutante se situará al borde de la piscina o bien dentro de ella, con una mano agarrada en el borde de la piscina. A la voz de “ya” o de un pitido de silbato, recorrerá la distancia de 50 metros sin apoyarse en el suelo, ni agarrarse en parte alguna, en un tiempo máximo de 60 segundos, 0 décimas, 0 centésimas.

— Segundo ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario compuesto por 100 preguntas con tres respuestas alternativas propuestas, de las que solo una será correcta, sobre el contenido de los temas que figuran en el anexo de las bases. El tiempo máximo para la realización la determinará el tribunal. El tribunal podrá acordar penalización para las respuestas erróneas, de manera previa y siempre con conocimiento de los aspirantes.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.

— Tercer ejercicio:

Consistirá en resolver un cuestionario tipo test, sobre un caso práctico Sobre este caso práctico se aplicarán los vigentes protocolos de actuación, el vigente Reglamento del SEI y materias específicas del presente anexo II, temario. En este caso el tiempo lo determinará el tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar.

— Cuarto ejercicio:

Reconocimiento médico practicado por el Departamento de Salud Laboral del Ayuntamiento de Alcorcón, al objeto de comprobar la adecuación física de los aspirantes a la labor a desarrollar.

La calificación de este ejercicio será apto o no apto.

2.  Requisitos de los candidatos

2.1.  Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Alcorcón, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, Servicio de Extinción de Incendios, y con una antigüedad mínima de dos años de servicio en esa categoría.

b) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente el día en que termine el plazo de presentación de instancias.

c) Tener el permiso de conducir B-BTP.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones y poseer la aptitud física necesaria para su actuación en la escala operativa de actuación en siniestro, para lo cual se pedirá informe médico emitido por el servicio de salud laboral.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones publicas por sentencia firme.

f) No estar incurso en causa de incompatibilidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, el día de la toma de posesión.

3.  Solicitudes

3.1.  Forma.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición deberán extenderse, necesariamente, en el impreso normalizado establecido por el Ayuntamiento de Alcorcón, que se facilitara en la Casa Consistorial, sita en la plaza de España, número 1, de esta localidad.

Los residentes en otras localidades deberán solicitar el impreso, con la antelación suficiente a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, a la siguiente dirección: “Ayuntamiento de Alcorcón. Sección de Personal. Plaza del Tejar, número 9, Alcorcón”.

3.2.  Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3.3.  Lugar de presentación.

El impreso de solicitud y copia, debidamente cumplimentados, se presentaran, con el recibo acreditativo de haber satisfecho los derechos de examen, en el Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón, de ocho y treinta a catorce horas, de lunes a sábados, en el plazo indicado en el apartado 3.2. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4.  Derechos de examen.

Los derechos de examen serán de 9,33 euros, cuyo importe se hará efectivo en la “Caja de Ahorros de Madrid”, número de cuenta corriente 2038 2271 38 6000201695, debiendo indicar en el impreso el nombre y apellidos del aspirante y haciendo constar la inscripción en las pruebas selectivas “Tres plazas de cabo del Servicio de Extinción de Incendios”.

3.5.  Defectos de las solicitudes.

Con arreglo a lo determinado en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo, si la solicitud no cumpliera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado del modo expresado en la base siguiente, para que subsane la falta en el plazo de diez días con apercibimiento de que si no lo hiciere se archivará sin más trámite.

4.  Admisión de candidatos

4.1.  Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas, bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 2, referida siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y que hayan abonado los derechos de examen.

4.2.  Expirado el plazo de presentación de instancias, el alcalde-presidente dictara resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.

Se publicara en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID anuncio que contendrá, además del lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios, la composición del tribunal seleccionador y la relación nominal de los aspirantes excluidos y el lugar donde se encuentran expuestas las listas de admitidos.

4.3.  Si algún aspirante no hubiese figurado en la lista de excluidos y tampoco constase en la de admitidos a la que se refiere el apartado 4.2 precedente, el tribunal lo admitirá provisionalmente a la realización de los ejercicios, siempre que acredite documentalmente, ante él, mediante copia de la solicitud sellada por la oficina receptora y justificante del abono de los derechos de examen, conforme a la base 3.5.

A dicho fin el tribunal se constituirá en sesión especial media hora antes de comenzar el primer ejercicio, en el lugar donde hubiera de celebrarse este, resolviendo provisionalmente, sin más trámite, las peticiones que mediante comparecencia puedan presentarse por los aspirantes que se encuentren en las circunstancias mencionadas.

El acta correspondiente a esta sesión se remitirá en el plazo más breve posible al señor alcalde-presidente, quien resolverá definitivamente sobre la admisión o exclusión, comunicándolo al tribunal para su conocimiento, efectos y en su caso, notificación al interesado.

4.4.  En el supuesto de que por circunstancias excepcionales se hubiese de modificar el lugar, fecha o la hora de celebración del primer ejercicio, deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

5. Composición, constitución y actuación de los órganos de selección

5.1.  El tribunal calificador de las pruebas selectivas estará compuesto por los miembros que se indican en el anexo I.

5.2.  Comisiones auxiliares.

Cuando el procedimiento selectivo, por razón del número de aspirantes presentados a la convocatoria así lo aconsejara, el tribunal, por medio de su presidente, podrá disponer la incorporación al mismo con carácter temporal de otros funcionarios públicos para colaborar en el desarrollo de los procesos de selección, bajo la dirección del citado tribunal.

5.3.  Abstención.

Los miembros del tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la Alcaldía-Presidencia.

5.4.  Recusación.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

5.5.  Actuación y constitución del tribunal.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia como mínimo del presidente y secretario/a, o en su caso de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus, miembros.

El tribunal resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes, todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en las presentes bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos solo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de los ejercicios señalados.

5.6.  Clasificación del tribunal.

El tribunal que actúe tendrá la categoría tercera a los efectos del anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

6.  Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas

6.1.  Calendario de realización de pruebas.

La fecha, hora y lugar de la celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas y la lista de excluidos se dará a conocer en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

6.2.  Identificación de los aspirantes.

El tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del documento nacional de identidad.

6.3.  Llamamiento. Orden de actuación de los opositores.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único.

Salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el tribunal con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un opositor a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido, en su consecuencia, del procedimiento selectivo.

El orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente dando comienzo por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra “W”, de acuerdo con el sorteo celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración pública para el año 2009.

6.4.  Anuncios sucesivos.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Estos anuncios deberán hacerse públicos por el tribunal, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcorcón y de la Concejalía de Recursos Humanos, Circulación y Seguridad, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro si se trata de un nuevo ejercicio.

7.  Calificación de los ejercicios

7.1.  Calificación de los ejercicios de la oposición.

— Primer ejercicio: se calificará como “apto” o “no apto”.

— Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos, con un mínimo de 5 puntos.

— Tercer ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos, con un mínimo de 5 puntos

— Cuarto ejercicio: se calificará como “apto” o “no apto”.

7.2.  Calificación definitiva, orden de colocación y empates de puntuación.

La calificación definitiva de los aspirantes que hubiesen superado todos y cada uno de los ejercicios estará determinada por la media aritmética de las calificaciones parciales obtenidas en la fase de oposición más la suma del concurso, no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el total de plazas convocadas. La valoración de los méritos se efectuará una vez calificada la fase de oposición y entre aquellos que la hayan superado.

Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna de las plazas convocadas será necesario superar los ejercicios de la fase de oposición y encontrarse, una vez sumadas las puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no superior al de plazas convocadas.

7.3.  El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación.

En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjesen empates, estos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

a) Mayor puntuación de la fase de oposición.

b) Mayor puntuación en el tercer ejercicio (ejercicio práctico).

c) Mayor puntuación en el segundo ejercicio.

8.  Lista de aprobados y propuesta del tribunal

8.1.  El tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nulo de pleno derecho.

8.2.  Elevación de la lista y acta de la última sesión.

Simultáneamente a la publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y Concejalía de Innovación y Régimen Interior de la relación de aprobados por orden de puntuación, el tribunal elevará la relación expresada al señor alcalde-presidente para que apruebe la pertinente propuesta de nombramiento.

9.  Presentación de documentos

9.1.  Documentos exigibles.

Los aspirantes propuestos aportarán a la Concejalía de Recursos Humanos, Circulación y Seguridad, sin perjuicio de su presentación en el Registro General de este Ayuntamiento, los siguientes documentos acreditativos de que se poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

c) Reconocimiento médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio del trabajo.

d) Copia autentificada o fotocopia compulsada del título de Graduado Escolar o equivalente.

e) Recibo acreditativo de haber satisfecho derechos de examen.

9.2.  Plazo.

El plazo de presentación de documentos será el de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

9.3.  Excepciones.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones o requisitos en el caso de que estuvieran demostrados con anterioridad.

9.4.  Falta de presentación de documentos.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento General de Ingreso, quienes dentro del plazo indicado en el apartado 9.2, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaren su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

10.  Toma de posesión

10.1.  Plazo.

Una vez aprobada la propuesta de nombramiento que formule el tribunal calificador al órgano corporativo competente, los opositores incluidos en la misma deberán tomar posesión en el plazo que determine la Corporación.

10.2.  Formalidades.

Para la toma de posesión de los interesados, comparecerán en la Concejalía de Recursos Humanos, Circulación y Seguridad el día y la hora que a tal fin se les comunique, en cuyo momento y como requisito previo a la toma de posesión, deberán prestar el juramento o promesa que prescribe la legislación vigente y formular la declaración jurada en los impresos al efecto establecidos de las actividades que estuvieran ejerciendo.

10.3.  Efectos de la falta de toma de posesión.

Quienes sin causa justificada no tomaran posesión dentro del plazo señalado, en su caso, quedaran en la situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la oposición y del subsiguiente nombramiento conferido.

11.  Base final

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se derivan de aquella y de las actuaciones del tribunal, podrán ser impugnadas en el plazo y forma establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

Composición del tribunal:

Presidente: don Francisco Cañadas Ortega (sargento).

Suplente: don Manuel Torralba Morales (sargento).

Secretario: el de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Vocales:

— Don Luis González Cortina (sargento).

— Suplente: don Enrique Torralba Morales (sargento).

— Un representante la Comunidad Autónoma.

— Un funcionario de carrera designado por Alcaldía-Presidencia.

— Un funcionario de carrera designado por la Concejalía de Recursos Humanos, Circulación y Seguridad.

— Un representante de la Junta de Personal (con voz y sin voto).

ANEXO II

MATERIAS COMUNES

Tema I.  La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales. La corona y las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración del Estado. El Poder judicial.

Tema II.  El procedimiento administrativo. Principios Generales. Normas reguladoras. Las fases del procedimiento administrativo. El silencio administrativo.

Tema III.  Personal al servicio de la administración local. La administración pública local y su organización.

Tema IV.  Organización del Ayuntamiento de Alcorcón.

Tema V.  El Municipio de Alcorcón. Historia. Situación. Vías de acceso y salida del municipio. Calles más importantes del municipio, etcétera.

MATERIAS ESPECÍFICAS

Tema 1.  El Servicio de Extinción de Incendios: organización y funciones (según el vigente Reglamento y Ordenanzas Municipales).

Tema 2.  Instalaciones de servicios generales en los edificios (agua fría, agua caliente, saneamiento, aparatos elevadores, aire acondicionado, calefacción, etcétera).

Tema 3.  Instalaciones de prevención y protección contra­incendios.

Tema 4.  Intervenciones en incendios de interiores: desarrollo. Orientación. Técnicas de actuación y extinción. Ventilación.

Tema 5.  Apeos y apuntalamientos

Tema 6.  Elementos estructurales de un edificio.

Tema 7.  Equipos de respiración autónoma: características. Tipos. Elementos que lo componen, etcétera.

Tema 8.  Mercancías peligrosas. Conceptos básicos de física y química. Identificación de las mercancías peligrosas. Tipos y formas de los recipientes; señales y colores; placas y etiquetas; fichas y documentos; aparatos de medición; los sentidos. Clases y riesgos de las MM PP. Mitigación de accidentes MM PP. Protocolos de intervención.

Tema 9.  Accidentes de tráfico. Técnicas de extracción de víctimas. Apoyo psicológico a las víctimas. Estructura y componente de los vehículos. Material de rescate. Sistemas de seguridad activa y pasiva. Metodología. Técnicas de liberación.

Tema 10.  Rescate en altura. Material. Nudos. Elevación de pesos. Cadena dinámica de seguridad. Autoaseguramiento. Línea de vida. Aseguramiento. Instalaciones. Descensos. Asistencia sanitaria.

Tema 11.  Bombas de vehículos del servicio. Motobombas. Turbobombas. Electrobombas. Instalaciones d agua y espuma. Vehículos del servicio.

Tema 12.  Riesgos y pautas de actuación en instalaciones con riesgo eléctrico: definición de las instalaciones: actuaciones tipificadas. Mecanismos de acción de la electricidad.

Tema 13.  Patología de la edificación. Acción del fuego sobre los elementos estructurales.

Tema 14.  Gases: clasificación. Transporte. Riesgo y control de los mismos.

Tema 15.  Equipo personal. Prendas de protección. Equipo de intervención. Traje de protección química (actuación con equipo de protección personal). Niveles de protección (principios básicos).

Tema 16.  Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

Tema 17.  El mando. Características y funciones fundamentales. La responsabilidad y delegación de funciones. La “toma de mando”.

Segundo.—El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Alcorcón, a 4 de junio de 2009.—El alcalde, PD, el concejal-delegado de Recursos Humanos, Circulación y Seguridad, Salomón Matías Matías.

(02/7.195/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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