Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090630-0173
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 18 DE BARCELONA EDICTO Según lo acordado en los autos número186 de 2009, seguidos en este Juzgado a instancias de don Diego Calvillo Vidal, contra “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, e “Hinca de Túneles, Sociedad Limitada”, en relación a invalidez permanente por accidente laboral, por el presente se notifica a “Hinca de Túneles, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, la resolución dictada en los presentes autos en fecha 2 de junio de 2009, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice: Sentencia número 270 de 2009 En Barcelona, a 2 de junio de 2009.—Visto por doña Amparo Illán Teba, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 18 de Barcelona y su provincia, el juicio promovido por don Diego Calvillo Vidal, por sí y asistido del letrado don José Francisco Bertoméu Curto, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, representados y asistidos por el letrado don Luis Carlos Melero García; “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, representada y asistida por el letrado don Manuel Ramos García, y la mercantil “Hinca de Túneles, Sociedad Limitada”, sobre incapacidad permanente. Fallo Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por don Diego Calvillo Vidal, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, y la empresa “Hinca de Túneles, Sociedad Limitada”, absolviendo a los demandados de los pedimentos formulados. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación, para su conocimiento por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en legal forma a la precitada, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, expido el presente edicto Barcelona, a 18 de mayo de 2009.—El secretario judicial, Jesús Solís Aragón. (03/20.743/09) |

