Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-06-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090630-0163

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE MÁLAGA

EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por la ilustrísima señora doña Rosa María Rojo Cabezudo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 6 de Málaga, en los autos número 572 de 2008, seguidos a instancias de don Maximiliano Sebastián Monsalve, contra “Tachira 2006, Sociedad Limitada”, y “Los Malagueños Ocio y Cultura, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha acordado citar a “Tachira 2006, Sociedad Limitada”, y “Los Malagueños Ocio y Cultura, Sociedad Limitada”, como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezcan el día 29 de septiembre de 2009, a las once y treinta horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado, sito en la calle Fiscal Luis Portero García (ciudad de la Justicia de Málaga), planta tercera, debiendo comparecer personalmente o por personal que esté legalmente apoderado y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a “Tachira 2006, Sociedad Limitada”, y “Los Malagueños Ocio y Cultura, Sociedad Limitada”, para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a 2 de junio de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/20.991/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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