Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090630-0200
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS FUENLABRADA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada con fecha 5 de junio de 2009, acordó lo siguiente: Punto 5.0.—Aprobación cambio en las retribuciones de personal del Ayuntamiento de Fuenlabrada. Vista la solicitud efectuada por el portavoz del Grupo Municipal Socialista, relativa a cambio de las retribuciones del personal eventual, asesor y auxiliar de dicho Grupo Municipal, con el fin de igualar las retribuciones de ambos por desempeñar funciones similares dentro del Grupo Municipal y sin que ello suponga incremento alguno de gasto. Visto el informe emitido por los servicios jurídicos, donde se pone de manifiesto la viabilidad de cambio de retribuciones del personal eventual por la Junta de Gobierno Local, siempre que exista consignación presupuestaria para ello. Resultando que la modificación de las retribuciones de dicho personal eventual no supone incremento alguno en lo relativo al gasto presupuestario, ya que se trata de igualar ambas retribuciones incrementando la del auxiliar y disminuyendo la del asesor. Resultando que el número y régimen del personal eventual está aprobado en virtud de acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de junio de 2007. Resultando que en virtud de acuerdo plenario de fecha 29 de junio de 2007, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 31 de julio de 2007, se acordó aprobar el marco retributivo del personal eventual del Ayuntamiento de Fuenlabrada. Considerando lo establecido por el artículo 127.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, donde se establece que corresponde a la Junta de Gobierno Local: “Aprobar la relación de puestos de trabajo, las retribuciones del personal de acuerdo con el presupuesto aprobado por el Pleno, la Oferta de Empleo Público, las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo, el número y régimen del personal eventual, la separación del servicio de los funcionarios del Ayuntamiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 99 de esta Ley, el despido del personal laboral, el régimen disciplinario y las demás decisiones en materia de personal que no estén expresamente atribuidas a otro órgano.” Es por todo ello que se propone a la Junta de Gobierno Local: Primero.—Aprobar un cambio en las retribuciones del personal eventual, asesor y auxiliar del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Fuenlabrada, conforme al siguiente detalle: Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La Junta de Gobierno Local acuerda aprobar lo anteriormente expuesto, elevándolo a la categoría de aucerdo definitivo. En Fuenlabrada, a 9 de junio de 2009.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado. (03/20.018/09) |

