Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090701-0271

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.043 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mariano González Vaquerizas, contra don Mariano González Varequizas, “Talher, Sociedad Anónima”, “Ute Jardines San Sebastián de los Reyes”, y “Tecmed”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Acta de conciliación

En Madrid, a 30 de abril de 2009.—Ante el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Marcos Ramos Valles, de este número 37 de Madrid, con asistencia de mí, la secretaria judicial, doña Blanca Galache Díez, constituidos a los efectos de celebrar el acto de conciliación, comparecen: como demandante, don Mariano González Vaquerizas, con documento nacional de identidad número 53004151-F, asistido de la letrada doña Rosalía Rainero Holgado (número de colegiado 80.040), y como demandada, “Tecmed, Sociedad Anónima”, representada por don Carlos David Jiménez Díez-Canseco (número de colegiado 75.166), según acredita mediante exhibición de poder general para pleitos otorgado, ante el notario de Madrid don Miguel Ruiz Gallardón García de la Rasilla el 17 de junio de 2003, con número de protocolo 4.844.

Con carácter previo, la parte demandante desiste de su acción frente a las codemandadas “Talher, Sociedad Anónima”, y “UTE Jardines San Sebastián de los Reyes”, manteniéndola únicamente frente a “Tecmed, Sociedad Anónima”, acordándolo de conformidad por su señoría.

Dada cuenta y exhortadas las partes por el magistrado-juez de lo social, para que lleguen a una avenencia, advirtiendo a estas de los derechos y obligaciones que pudieran corresponderles y sin prejuzgar el contenido de la eventual sentencia, se consigue un acuerdo con los siguientes términos:

La empresa compareciente ofrece por los conceptos de la demanda la cantidad de 200 euros brutos, que se abonarán mediante transferencia bancaria a la cuenta donde el trabajador viene percibiendo su salario, en el plazo de una semana.

El trabajador acepta.

El ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social tiene conciliadas a las partes en los términos expresados, con todas sus consecuencias legales, dando el acto por finalizado, extendiéndose la presente, que es leída por los interesados y hallada conforme, ratificándose en su contenido, firmando con su señoría, que acuerda el archivo del procedimiento, de lo que doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se archiva el procedimiento, que consta de … folios. Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Talher, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 19 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.964/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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