Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-07-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090701-0090

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 83
DE MADRID

EDICTO

Don Adolfo Cidoncha Sánchez, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 105 de 2009

En Madrid, a 7 de mayo de 2009.—Que en este Juzgado han sido vistos los autos de juicio verbal número 687 de 2006 por don David Rodríguez Fernández-Yepes, ilustrísimo señor magistrado juez del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid, actuando como demandante la comunidad de propietarios de la calle Cuchilleros, número 8, de Madrid, representada por la procuradora doña María Victoria Hernández Clavería y defendida por el letrado don Ángel Panizo López, y como demandados, los herederos de don Francisco Villar Blas, sin representación ni defensa técnicas.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la representación de la comunidad de propietarios de la calle Cuchilleros, número 8, de Madrid, contra los herederos de don Francisco Villar Blas, debo declarar y declaro haber lugar a:

a)  Resolver el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes sobre el local objeto de autos, apercibiendo a los demandados de desalojo a su costa si no lo abandonasen antes de la fecha señalada.

b)  Condenar a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 8.755,38 euros, más el importe de las mensualidades de renta que vayan venciendo hasta el abandono del local por estos.

c)  Condenar a los demandados a pagar a la actora los intereses legales de la anterior cantidad.

d)  Imponer a los demandados el pago de las costas procesales ocasionadas a la demandante.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación que podrá prepararse, ante este mismo Juzgado, en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de herederos de don Francisco Villar Blas, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 4 de junio de 2009.—El secretario (firmado).

(02/7.428/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090701-0090