Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090701-0128

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 14 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 207 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Soledad Salcedo Romeral, doña Pilar Latorre Martín, doña Esther Juez Esteban, doña Milagros Merino Saiz, doña María Jesús Aparicio Almendros, doña Julita Iluminada Martín Vicente, doña Rosario Martín Segura, doña Fuensanta Bustos Rodríguez y doña Pilar Ester Aldariz, contra la empresa “Quelle La Source, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado el auto de fecha 16 de enero de 2009 y las providencias de fechas 27 de mayo de 2009 y 29 de mayo de 2009 siguientes:

Auto

En Madrid, a 16 de enero de 2009.

Parte dispositiva:

a)  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por doña María Soledad Salcedo Romeral, doña Pilar Latorre Martín, doña Esther Juez Esteban, doña Milagros Merino Saiz, doña María Jesús Aparicio Almendros, doña Julita Iluminada Martín Vicente, doña Rosario Martín Segura, doña Fuensanta Bustos Rodríguez y doña Pilar Ester Aldariz, contra “Quelle La Source, Sociedad Limitada”, por un importe de 15.493 euros de principal, desglosada de la siguiente manera:

A doña María Soledad Salcedo Romeral la cantidad de 1.548,55 euros.

A doña Pilar Latorre Martín la cantidad de 1.737,47 euros.

A doña Esther Juez Esteban la cantidad de 1.827,36 euros.

A doña Milagros Merino Saiz la cantidad de 2.450,04 euros.

A doña María Jesús Aparicio Almendros la cantidad de 941,68 euros.

A doña Julita Iluminada Martín Vicente la cantidad de 1.816,07 euros.

A doña Rosario Martín Segura la cantidad de 1.539,37 euros.

A doña Fuensanta Bustos Rodríguez la cantidad de 1.172,14 euros.

A doña Pilar Ester Aldariz la cantidad de 2.460,32 euros.

Más 3.098,60 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b)  Trabar embargo sobre los bienes de la demandada.

Vehículos:

Matrícula 2098BCS.

Marca: “Audi”.

Modelo: A4 AVAN.1.9TDI 5V.

Tipo: turismo.

Número de bastidor: WAUZZZ8DZ1A0
87540.

Matrícula 0652BBH.

Marca: “BMW”.

Modelo: Serie 3 3118IA.

Tipo: turismo.

Número de bastidor WBAAL310440FH
13590.

Cuentas corrientes que la ejecutada tenga en las entidades bancarias “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” y “Santander Central Hispano”.

c)  A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2512, sito en calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María del Carmen Rodrigo Saiz.

Diligencia.—En Madrid, a 27 de mayo de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que han culminado todas las actuaciones ordenadas en averiguación de bienes de la ejecutada quedando pendiente de satisfacer cantidades.—Doy fe.

Propuesta de providencia de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 27 de mayo de 2009.

Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma 15.493 euros de principal y 3.098,60 euros de intereses y costas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, dese audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su recibirla.

Diligencia.—En Madrid, a 29 de mayo de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el día de hoy ha sido presentada la anterior solicitud del Juzgado de lo social número 11 de los de Madrid, solicitando reembargo de bienes y embargo del sobrante que pueda existir, en autos arriba reseñados seguidos a instancia de doña María Soledad Salcedo Romeral y ocho más, contra “Quelle La Source, Sociedad Limitada”, sobre cantidad.—Doy fe.

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña María del Carmen Rodrigo Saiz.—En Madrid, a 29 de mayo de 2009.

Dada cuenta; se acuerda reembargo de bienes y embargo del sobrante que pueda existir en la presente ejecución, solicitado por el Juzgado de lo social número 11 de los de Madrid, para la ejecución número 99 de 2008 que se sigue en ese mismo Juzgado, tomándose nota del mismo, acúsese recibo e infórmese sobre lo solicitado.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Quelle La Source, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.051/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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