Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-07-2009

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090701-0336

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

2184 ORDEN de 11 de mayo de 2009, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, mediante la que se modifica la Orden de 23 de marzo de 2009, de dicha Consejería, por la que se convoca proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Superior Especialista (Grupo I, Nivel 10, Área D).

Mediante Orden de 23 de marzo de 2009, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 3 de abril), fue convocado proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Superior Especialista (Grupo I, Nivel 10, Área D).

En el Anexo I de la citada Orden figura el número de plazas ­objeto de convocatoria para las diversas Especialidades de la referida categoría, de conformidad con la información que fue facilitada por las distintas Consejerías y Organismos a los que se hallan adscritas dichas plazas.

Con posterioridad a la publicación de la mencionada Orden, la Consejería de Sanidad ha puesto de manifiesto que determinadas plazas recogidas en el Anexo I fueron informadas erróneamente por esa Consejería en lo concerniente a su Especialidad, motivo por el cual se hace preciso proceder a la corrección del citado Anexo.

En virtud de cuanto antecede, y en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8.2, apartado l) de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 2.bis.9 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, esta Consejería

HA DISPUESTO

Primero

Proceder a modificar el Anexo I, “Plazas convocadas”, de la Orden de 23 de marzo de 2009, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, en los términos que se indican a continuación:

— En la Especialidad “Farmacia Hospitalaria”:

Donde dice:

Debe decir:

— En la Especialidad “Farmacología Clínica”:

Donde dice:

Debe decir:

— En la Especialidad “Geriatría”:

Donde dice:

Debe decir:

— En la Especialidad “Medicina Interna”:

Donde dice:

Debe decir:

— En la Especialidad “Neumología”:

Donde dice:

Debe decir:

— En la Especialidad “Neurología”:

Donde dice:

Debe decir:

— En la Especialidad “Obstetricia y Ginecología”:

Donde dice:

Debe decir:

— En la Especialidad “Pediatría” (Área Neonatología)”:

Donde dice:

Debe decir:

— En la Especialidad “Pediatría” (Área Oncohematología)”:

Donde dice:

Debe decir:

— En la Especialidad “Radiodiagnóstico”:

Donde dice:

Debe decir:

Segundo

Habilitar un nuevo plazo de presentación de solicitudes para participar en este proceso selectivo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, plazo que operará única y exclusivamente para cada una de las Especialidades afectadas por la presente modificación, a las que se ha hecho mención en el apartado anterior, siendo estas las siguientes:

— “Farmacia Hospitalaria”.

— “Farmacología Clínica”.

— “Geriatría”.

— “Medicina Interna”.

— “Neumología”.

— “Neurología”.

— “Obstetricia y Ginecología”.

— “Pediatría (Área Neonatología)”.

— “Pediatría (Área Oncohematología).

— “Radiodiagnóstico”.

El modelo de solicitud será el que figura como Anexo IV a la Orden de 23 de marzo de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 3 de abril), siendo de aplicación a estos efectos las disposiciones contenidas en la base cuarta de la misma.

No deberán presentar nueva solicitud de participación aquellos aspirantes que ya la hubieran formulado correctamente, de conformidad con lo previsto en la referida base cuarta.

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso­Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 11 de mayo de 2009.—El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, PD (Orden de 3 de septiembre de 2008, BOLETÍN OFI­CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de septiembre de 2008), el Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.

(01/2.336/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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