Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090701-0070
Páginas: 0
C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
Instruido el expediente iniciado a instancias del representante de la titularidad solicitando autorización para impartir el curso de preparación a las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional, al centro de Formación Profesional Específica denominado “Inglan”, con domicilio en las calles Paloma, número 5, y Velasco, número 6, de Getafe, esta Dirección General, a tenor de lo previsto en el artículo 7.3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de las órdenes de autorización de apertura y funcionamiento de los centros privados, procede por la presente Resolución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publicación de la parte dispositiva de la Orden 2503/2009, de 28 de mayo, de la Consejera de Educación: Primero Autorizar, de conformidad con el apartado cuarto de las Instrucciones de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación de 18 de marzo de 2009, al centro de Formación Profesional Específica denominado “Inglan” (código de centro 28025877), con domicilio en las calles Paloma, número 5, y Velasco, número 6, de Getafe, a impartir el curso de preparación a las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior, en las opciones de Humanidades y Ciencias Sociales y Tecnología, fijándose una capacidad de 3 grupos y 82 puestos escolares. Segundo La presente autorización surtirá efecto desde el inicio del curso 2008-2009 y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos. Tercero Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, y sin perjuicio de cuantos recursos se estime oportuno deducir. En Madrid, a 2 de junio de 2009.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez. (01/2.143/09) |