Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090701-0157
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C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
Instruido el expediente iniciado a instancias del representante de la titularidad solicitando autorización para impartir el curso de preparación a las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional, al centro de Educación Secundaria denominado “Nuestra Señora del Pilar”, con domicilio en la calle San Benito, número 6, de Madrid, esta Dirección General, a tenor de lo previsto en el artículo 7.3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de las órdenes de autorización de apertura y funcionamiento de los centros privados, procede por la presente Resolución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publicación de la parte dispositiva de la Orden 2506/2009, de 28 de mayo, de la Consejera de Educación: Primero Autorizar, de conformidad con el apartado cuarto de las Instrucciones de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación de 18 de marzo de 2009, al centro de Educación Secundaria denominado “Nuestra Señora del Pilar” (código de centro 28008508), con domicilio en la calle San Benito, número 6, de Madrid, a impartir el curso de preparación a las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior, en las opciones de Humanidades y Ciencias Sociales y Tecnología, fijándose una capacidad de 2 grupos y 60 puestos escolares. Segundo La presente autorización surtirá efecto desde el inicio del curso 2008-2009 y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos. Tercero Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, y sin perjuicio de cuantos recursos se estime oportuno deducir. En Madrid, a 2 de junio de 2009.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez. (01/2.146/09) |

