Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090701-0274
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D) Anuncios Consejería de Sanidad
De conformidad con lo establecido en la Resolución 539/2008, de 23 de septiembre (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 242, de 10 de octubre de 2008), rectificada por la Resolución de 16 de octubre de 2008, por la que se hacen públicas las zonas farmacéuticas de la Comunidad de Madrid y el número de nuevas oficinas de farmacia cuya apertura procede autorizar en cada una de las zonas farmacéuticas referidas y se abre el período de concurrencia pública en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia iniciado por esta Dirección General en base a solicitudes formuladas a instancias de parte. Teniendo en cuenta que en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia iniciado por Resolución 539/2008, se ha producido un elevado número de solicitudes formuladas por los farmacéuticos interesados, y dada la complejidad del citado procedimiento, que obliga a coordinar la participación de distintas instancias administrativas y de los farmacéuticos interesados en la instrucción y resolución de la solicitudes formuladas, se pone de manifiesto la dificultad de esta Dirección General en el cumplimiento del plazo máximo de resolución de nueve meses establecido en el Anexo de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por ello, en uso de las facultades conferidas a esta Dirección General de Ordenación e Inspección para tramitar y resolver los procedimientos de apertura de nuevas oficinas de farmacia en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 7.2 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, y en el artículo 10.f) del Decreto 22/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, RESUELVO Primero Acordar, con carácter excepcional, de conformidad con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la ampliación del plazo máximo de resolución del procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia iniciado por Resolución 539/2008, de 23 de septiembre, por un período de tiempo “no superior al establecido para la tramitación del procedimiento”, esto es, nueve meses más, a contar desde el día siguiente a aquel en que hubiera vencido el plazo inicial de nueve meses establecido al efecto. Segundo La presente resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de anuncios de la Consejería de Sanidad, sita en la calle Recoletos, número 1, primera planta, de Madrid, surtiendo efectos desde el día siguiente a su publicación. Tercero Contra la presente resolución, que acuerda la ampliación del plazo máximo para resolver el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia iniciado por Resolución 539/2008, de 23 de septiembre, no cabe recurso alguno conforme a o establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—El Director General de Ordenación e Inspección, Manuel Molina Muñoz. (03/20.079/09) |

