Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-07-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090702-0153

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

VALVERDE DE ALCALÁ

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Valverde de Alcalá, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de junio de 2008, aprobó inicialmente el Reglamento de Administración Electrónica de Valverde de Alcalá.

En cumplimiento de lo estipulado en el párrafo 2, del artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se establece un plazo de treinta días, a contar desde la publicación del presente edicto, para la formulación de reclamaciones y sugerencias. El expediente podrá consultarse en las dependencias de este Ayuntamiento, sito en la plaza Mayor, número 1.

En Valverde de Alcalá, a 16 de junio de 2009.—El alcalde-presidente, Gregorio Machicado de las Heras.

(03/20.940/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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