Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-07-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090703-0247

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE SEVILLA

EDICTO

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, secretaria del Juzgado de lo social número 6 de Sevilla.

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue los autos número 35 de 2009-M, en materia de despidos/ceses en general, a instancias de doña María Luisa Vera Montalbano, contra “Externia Group, Sociedad Anónima”, habiéndose dictado resolución, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda formulada por doña María Luisa Vera Montalbano, contra “Externia Group, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora, condenando a la demandada a optar, en cinco días, por la readmisión o la indemnización cifrada en 3.452,38 euros, así como, en ambos casos, al abono de los salarios de tramitación, sin que procedan pronunciamientos respecto del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, cuyo anuncio se efectuará ante este Juzgado en el plazo improrrogable de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de esta sentencia o, en otro caso, una vez firma la misma procédase al archivo de las actuaciones dejando nota.

De hacerse uso de este derecho por la parte demandada, se acreditará por la misma, al anunciarlo, haber depositado el importe de los salarios de tramitación y la indemnización señalada en la cuenta corriente número 4025/0000/65, así como la suma de 250 euros en la cuenta número 5796/0000/00, ambas abiertas en la entidad “Banesto”, sita en calle José Recuerda Rubio, número 4 (oficina La Buhaira, número 4325), de esta capital, debiendo indicar el número de autos y Juzgado al efectuar los referidos ingresos, advirtiéndoles a las partes que en los escritos de anuncio e interposición, así como en los de impugnación, se hará constar un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Sevilla, a efectos de notificaciones.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio de las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a “Externia Group, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

Dado en Sevilla, a 5 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.422/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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