Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090703-0060
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 68 DE MADRID EDICTO Don Manuel Álvaro Araujo, secretario del Juzgado de primera instancia número 68 de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado, y en el procedimiento de juicio verbal de desahucio número 769 de 2008, seguido a instancias de doña Rosa María Vélez Riesgo, representada por la procuradora doña Pilar Moyano Núñez, contra don Javier Lorenzo Sánchez, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes: Sentencia En Madrid, a 23 de septiembre de 2008.—El ilustrísimo señor don Manuel Eduardo Regalado Valdés, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 68 de los de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal civil número 769 de 2008, promovidos por doña Rosa María Vélez Riesco, representada por la procuradora señora Moyano Núñez y asistida de la letrada señora Gorría Berbiela, contra don Javier Lorenzo Sánchez, que versa sobre desahucio por falta de pago. Fallo Que estimando la demanda presentada por doña Rosa María Vélez Riesco, representada por la procuradora señora Moyano Núñez, contra don Javier Lorenzo Sánchez, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que se refleja en el hecho primero de la demanda, condenando al demandado a estar y pasar por tal declaración y a que deje libre, expedito y a disposición de la parte actora el inmueble arrendado de forma inmediata, con apercibimiento en caso contrario de proceder al lanzamiento en la fecha señalada, a saber, trece horas del día 30 de octubre de 2008, previa presentación por la parte actora de la correspondiente demanda de ejecución en los términos establecidos en el artículo 549 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y notificación del auto despachando ejecución a la parte ejecutada, y todo ello con imposición de costas a la parte demandada. Contra esta sentencia podrá prepararse recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo. Publicación La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el ilustrísimo señor magistrado-juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha.—Doy fe. Y en consecuencia del ignorado paradero del demandado don Javier Lorenzo Sánchez, se expide el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—El secretario (firmado). (02/7.757/09) |

