Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090707-0139
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 22 DE MADRID EDICTO Don José María Prieto y Fernández-Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia, número 22 de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se tramitan autos de divorcio bajo el número 744 de 2007-E, en los que ha recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva literalmente copiados dicen: Sentencia En Madrid, a 23 de mayo de 2008.—El ilustrísimo señor don José María Prieto y Fernández-Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 744 de 2007, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, don Juan Guinea Esquerdo, con procurador don José Antonio Sandín Fernández, y de otra, como demandada, doña María Matilde Viniegra Garcés, declarada en rebeldía, y ... Fallo Que estimando la demanda presentada pro el procurador de los tribunales don José Antonio Sandín Fernández, en nombre y representación de don Juan Guinea Esquerdo, contra doña María Matilde Viniegra Garcés, en los autos número 744 de 2007, debo declarar y declaro la disolución, por causa de divorcio, del matrimonio contraído por los citados cónyuges don Juan Guinea Esquerdo y doña María Matilde Viniegra Garcés, produciéndose sus efectos a partir de la firmeza de esta sentencia, pero sin perjudicar a terceros de buena fe, sino a partir de su inscripción en el registro Civil. No se hace expresa imposición de costas en esta instancia. Una vez firme la presente resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los litigantes. Notifíquese esta sentencia a la parte que se encuentra en rebeldía en la forma dispuesta en la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el particular. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Fue publicada en el mismo día de su fecha. Y para que sirva de notificación en forma a la demandada doña María Matilde Viniegra Garcés, que se encuentra en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en le BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 17 de julio de 2008.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado). (02/10.626/08) |

