Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090707-0220
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución, número 27 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Susana Férez Martínez, don Víctor Zorita Amador, doña María Sonia López Franco y doña Ana Belén Camarena Martín, contra la empresa “Batch PC, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 10 de febrero de 2009 y propuestas de providencia de fechas 13 y 29 de abril de 2009, 20 de mayo de 2009, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por doña Susana Férez Martínez, don Víctor Zorita Amador, doña María Sonia López Franco y doña Ana Belén Camarena Martín, contra “Batch PC, Sociedad Limitada”, por un importe de 80.146,39 euros de principal, más 8.014,63 euros y 6.010,97 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que a continuación se detallan. c) A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2807/0000/64/0027/09, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid. Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 3 de marzo de 2009. Se acuerda el embargo y precinto del vehículo propiedad de la apremiada que a continuación se describe, con los datos de identificación conocidos: Matrícula: M-6226-WU. Marca: “Audi”. Modelo: A8, tipo turismo. Bastidor número: WAUZZZ4DZWN00 9258. Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre el vehículo indicado, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado. Remítase, asimismo, el mandamiento por fax al Registro de Bienes Muebles a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación. Ofíciese a la Unidad Administrativa correspondiente para la efectividad del precinto y conveniente depósito. Notifíquese esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe. Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 26 de marzo de 2009. Por recibido del Servicio Común de Notificaciones y Embargos la anterior diligencia negativa de notificación y embargo a la empresa ejecutada “Batch PC, Sociedad Limitada”, únase a los autos y ejecutoria de su razón. Visto el estado de las presentes actuaciones líbrese comunicación a la Oficina de Averiguación Patrimonial a fin de que nos indiquen otros posibles domicilios de la citada empresa ejecutada. Notifíquese esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe. Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 13 de abril de 2009. Por recibido la anterior comunicación de la Oficina de Averiguación Patrimonial, únase a la ejecutoria de su razón. Visto el contenido del mismo se acuerda remitir nueva comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, en la dirección facilitada por la Oficina de Averiguación Patrimonial, calle Alicante, número 2, Alcobendas (Madrid) y Cabo de Trafalgar, número 57, Arganda (Madrid), al efecto de que por la Comisión Judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades, por las que se despacha ejecución. Notifíquese esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe. Providencia Ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García.—En Madrid, a 29 de abril de 2009. Dada cuenta; visto el estado que presentan las actuaciones, y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 248.1 de la Ley de Procedimiento Laboral y 95 de la Ley General Tributaria teniendo en cuenta los intereses públicos y privados afectados en el asunto de que se trata y por haberse agotado los demás medios o fuentes de conocimiento sobre la existencia de bienes y derechos de la deudora, líbrese oficio a la Oficina de Averiguación Patrimonial del Ministerio de Economía y Hacienda y al Ayuntamiento correspondiente a fin de localizar bienes y derechos titularidad de la parte ejecutada, diligenciándose a través del Servicio de Apoyo del Decanato de esta ciudad. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Lo manda y firma su señoría. Doy fe. Providencia Ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García.—En Madrid, a 20 de mayo de 2009. Dada cuenta; ha lugar al reembargo solicitado respecto de los bienes por embargo del sobrante que pueda existir tomándose nota del mismo, acúsese recibo e infórmese sobre lo solicitado, comuníquese a las partes. Notifíquese a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Lo manda y firma su señoría. Doy fe. Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 9 de junio de 2009. Visto el estado de las presentes actuaciones, habiendo sido negativas las diligencias de notificación y embargo del auto despachando ejecución de fecha 10 de febrero de 2009, en las direcciones facilitadas por la Oficina de Averiguación Patrimonial, y encontrándose la empresa ejecutada en paradero desconocido, remítase edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los fines de notificar las resoluciones de fechas 10 de febrero de 2009, 13 y 29 de abril de 2009 y 20 de mayo de 2009. Notifíquese esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Batch PC, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 9 de junio de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/20.722/09) |

