Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090707-0224

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 36 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 616 de 2009 de este Juzgado de lo social seguido a instancias de doña Elena Catana, contra la empresa “Asgaya Hostelería, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Elena Catana, en materia de despido, contra la empresa “Asgaya Hostelería, Sociedad Limitada”, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de doña Elena Catana, condenando a la empresa “Asgaya Hostelería, Sociedad Limitada”, a abonarla una indemnización de 920 euros, más los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (5 de marzo de 2009) hasta la fecha de la presente resolución, que a razón de 40 euros diarios ascienden a 3.800 euros, declarándose extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos de 8 de junio de 2009.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Asgaya Hostelería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.614/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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