Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-07-2009

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090708-0094

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 5
DE MADRID

EDICTO

Doña Francisca Santos-Olmo Martínez, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 421 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 117 de 2009

Que se pronuncia en nombre de Su Majestad el Rey, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional que la Constitución y el pueblo otorgan.—En Madrid, a 6 de marzo de 2009.

Doña Carmen Valcarce Codes, magistrada-juez de instrucción del número 5 de los de esta localidad y su partido judicial, ha visto y oído los autos de juicio verbal de faltas número 421 de 2008, seguidos por una presunta falta de amenazas, en los que se ha formulado denuncia por doña Laura Isabel Hernández Borges y don Miguel Mayoral Ortega, contra don José Gamero.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don José Gamero, como autor de una falta indicada de amenazas, con todos los pronunciamientos favorables. Se declaran de oficio las costas procesales, si las hubiera.

Únase la presente sentencia al libro correspondiente, dejando testimonio de ella en el procedimiento de referencia.

Entréguese copia de la misma a las partes.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma doña Carmen Valcarce Codes, magistrada-juez de instrucción.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a los denunciantes doña Laura Isabel Hernández Borges y don Miguel Mayoral Ortega, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 8 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.502/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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